Decreto N° 1205

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2013
CÓRDOBA, 9 de abril de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 48 Primera Sección 3
sponde a los lineamientos establecidos por Código Civil, como así
también a lo dispuesto por el Artículo 110 Inciso 29 de la Ley N°
7639 y del citado Decreto Reglamentario N° 513/09, y al modelo
previsto al efecto en el Anexo III del Decreto N° 1882/80, en
consonancia por el punto 5.4 de su Anexo I.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de
Finanzas con el N° 11/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N° 31/
2014 y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1°.- CONTRÁTASE en forma directa con la señora
Mercedes GALLASTEGUI M.I. N° 7.952.638, la locación del
inmueble ubicado en calle Alvear N° 393 esquina Hipólito Irigoyen
de la Ciudad de Cruz del Eje, Departamento del mismo nombre, de
ésta Provincia, por el término de dos años, a partir del 01 de
febrero de 2014, con destino al funcionamiento de la Dirección
General de Catastro a razón de un valor locativo mensual de
Pesos Nueve Mil ($ 9.000,00), y en consecuencia AUTORÍZASE
a la señora Directora General de Administración del Ministerio de
Finanzas, a suscribir el Contrato de Locación, el que junto con
informe técnico del estado del inmueble se acompaña y forma parte
integrante del presente Decreto como Anexo I compuesto de dos
(2) fojas útiles.
ARTÍCULO 2°.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Doscientos Dieciséis Mil ($ 216.000,00), discriminado
de la siguiente manera: la suma de pesos Noventa y Nueve Mil ($
99.000,00) a Jurisdicción 1.15, Programa 153-001, Partida:
3.02.01.00 del Presupuesto Vigente, y la suma de Pesos Ciento
Diecisiete Mil ($ 117.000,00) a Importe Futuro conforme lo indica
Documento Contable - Nota de Pedido N° 2014/000001.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tri-
bunal de Cuentas de la Provincia, a la Contaduría General de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese
y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
A/C MINISTERIO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d74.pdf
Decreto N° 740 Córdoba, 19 de Junio de 2013
VISTO: el expediente Nº 0047-013912/09/R25 en el que la
Dirección General de Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, propicia por Resolución Nº 308/13, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de Variación de Costos correspondiente al mes de mayo de 2011
por Trabajos Modificatorios faltantes de ejecutar en la Obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPITAL PASTEUR,
UBICADO EN RUTA 9 ESQUINA CALLE BUCHARDO - VILLA
MARIA - DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN -
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con fecha 15 de abril de
2013, entre el Director General de Arquitectura y los Apoderados
de la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/11 del
entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme Acta
de Adhesión de Metodología de Análisis para Redeterminación de
Precios.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que asimismo se agregan constancias de la certificación emitida y
partes mensuales, incluidos los elaborados por los trabajos
modificatorios de que se tratan.
Que atento lo dispuesto por los artículos 4,8,9 y 10 del Anexo I al
Decreto Nº 1133/10, rectificado por su similar Nº 1231/10, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial Nº 013/11, se verificó una
variación del 7,71%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir del mes de mayo/11 del 6,94%, habiéndose aplicado
los Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa, a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de la última
redeterminación (enero/11), lo que implica reconocer a la contratista
por dicho concepto un monto de $ 240.265,34, habiéndose
descontado el 10 % de utilidad invariable, ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a la suma de $ 3.702.800,79.
Que la presente obra será atendida con recursos del Presupuesto
de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF)
Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.), en un todo de acuerdo al
Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos,
suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos y la citada Agencia.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el Decreto
Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su similar N° 1133/10, y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la
aplicación del precitado Decreto, la Dirección General de Arquitectura
ha considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que ha procedido a suscribir con la contratista el
Acta Acuerdo de la redeterminación de precio por reconocimiento
de variación de costos correspondiente al mes de mayo de 2011
de la obra de referencia.
Por ello, las normas legales citadas, lo prescripto en el artículo 14
del Anexo I al Decreto N° 1231/10 modificatorio de su similar Nº
1133/10, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales delMinisterio de Infraestructura con el Nº 224/13 y por
Fiscalía de Estado bajo el Nº 0511/13.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente al mes de mayo de 2011 por Trabajos
Modificatorios faltantes de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO HOSPITAL PASTEUR, UBICADO EN RUTA 9
ESQUINA CALLE BUCHARDO - VILLA MARIA -
DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN - PROVINCIA DE
CÓRDOBA”, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON TREINTA Y
CUATRO CENTAVOS ($ 240.265,34), suscripta con fecha 15 de
abril de 2013, entre el Director General de Arquitectura, Arquitecto
Andrés Eduardo CAPARROZ, por una parte, y los apoderados de
la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., señores Rodolfo Adalberto
GRASSI y Miguel Ángel ROSSI, contratista de la obra, por la otra,
que como Anexo I, compuesto de TRES (3) fojas, integra el presente
decreto.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que asciende a la suma total de
PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y CINCO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($
240.265,34) estará a cargo de la Agencia Córdoba de Inversión y
Financiamiento (ACIF) - Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.)
conforme Convenio de Gerenciamiento y Administración de
Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de
Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento a suscribir la Enmienda de
Contrato por Redeterminación de Precio.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLÉCESE que la Agencia Córdoba de
Inversión y Financiamiento requerirá a la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., de corresponder la integración del importe adicional
de la garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF) - S.E.M.,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d740.pdf
Decreto N° 1205
Córdoba, 21 de Octubre de 2013
VISTO: el Expediente Nº 0045-016479/2013 - Cuerpos 1 al
15, en el que la Dirección Provincial de Vialidad, propicia por
Resolución Nº 659/13 se adjudique la ejecución de los trabajos
de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA DE RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: SAN AGUSTÍN - RUTA PROVINCIAL C-45 -
DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA - SANTA MARÍA”, a las
Empresas JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A. - BOETTO Y
BUTTIGLIENGO S.A. U.T.E., (en formación) por la suma de $
379.900.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado, se realiza el acto de
apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo cual
quedó documentado mediante acta labrada al efecto que obra
en autos.
Que el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad requiere
a los oferentes mejora de ofertas, en virtud de razones de
oportunidad y conveniencia, agregándose en autos el Acta N°
33/2013.
Que analizadas las ofertas, se produce el informe en
cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del
Decreto Nº 4758/77 aprobatorio del Pliego General de
Condiciones de la Ley de Obras Públicas, y actual artículo 29 de
la Ley Nº 8614, aconsejando adjudicar la obra de que se trata a
las Empresas José J. Chediack S.A.I.C.A. - Boetto y Buttigliengo
S.A.- U.T.E. (en formación), por resultar la de menor monto y
cumplir con las condiciones de admisibilidad y requisitos previstos
por la normativa licitatoria.
Que se ha incorporado el Documento Contable (Nota de
Pedido), según lo dispuesto por el artículo N° 13 de la Ley de
Obras Públicas N° 8614.
Que consta en autos el correspondiente Certificado de
Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de
Constructores de Obras (artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y
Resolución Nº 0002/99) del entonces Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, las previsiones del artículo 29 de la Ley 8614, artículo
31 del Pliego General de Condiciones (Decreto Nº 4758/77) lo
dispuesto por la Ley N° 5901 (t.o. Ley 6300 y modificatorias), lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el Nº 498/2013, por Fiscalía
de Estado bajo el Nº 864/2013 y en unos de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provin-
cial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos
de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA DE RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: SAN AGUSTÍN - RUTA PROVINCIAL C-45 -
DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA - SANTA MARÍA”, a las
Empresas José J. Chediack S.A.I.C.A. - Boetto y Buttigliengo
S.A. U.T.E. (en formación) por la suma de Pesos Trescientos

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