Decreto N° 1108

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2013
CÓRDOBA, 6 de diciembre de 2013 BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 216 Primera Sección 3
Públicos y la citada Agencia.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia Córdoba
de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.) - Sociedad de Economía
Mixta, a suscribir la Enmienda de Contrato por Redeterminación de
Precio, debiendo la Contratista ampliar la garantía constituida.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F) - Sociedad
de Economía Mixta, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus
efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/pe_d1107.pdf
Decreto N° 1108 Córdoba, 26 de septiembre de 2013
VISTO: el expediente N° 0051-058253/2010/R29, en el que la
Dirección General de Arquitectura propicia por Resolución Nº 561/
2013, la aprobación del Acta Acuerdo de Tercera Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos,
correspondientes al mes de septiembre de 2011, por trabajos
modificatorios faltantes de ejecutar en la Obra: “NUEVA ESTACIÓN
TERMINAL DE ÓMNIBUS DE CÓRDOBA - Ciudad de Córdoba
- Departamento Capital - Provincia de Córdoba” aprobados por
Decreto Nº 744/2011, suscripta con fecha 19 de julio de 2013, por
el Director General de Arquitectura y los Apoderados de la Empresa
RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra principal y modificatoria.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº 13/2011 del
entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme Acta
de Adhesión de Metodología de Análisis para Redeterminación de
Precio suscriptas por la entonces Subsecretaría de Arquitectura y
la citada contratista el 5 de mayo de 2011.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que por Decreto Nº 744/2011 se dispuso la adjudicación de la
ejecución de los trabajos modificatorios de que se trata a la empresa
RIVA S.A.I.I.C.F.A.
Que por Decreto Nº 179/2013 se aprobaron las Actas Acuerdo
de la primera y segunda Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos de la presente obra.
Que la División Certificaciones informa que no se ha confeccionado
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta, en tanto que al mes
de septiembre de 2011 la obra registraba un avance del 99,82%.
Que la Sección de Estudios de Costos de la entonces Subsecretaría
de Arquitectura ha elaborado planillas e informes de los que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº
1133/2010,rectificado por su similar Nº 1231/2010, y lo dispuesto
por Resolución Ministerial Nº 013/2011 a partir del mes de
septiembre de 2011 se verificó una variación del 8,0328%, por lo
que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri), que
arroja un porcentaje de variación de costos a partir de dicho mes
del 7,23%, habiéndose aplicado los Números Índice publicados
mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC Informa, a valores
del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a
febrero de 2011 (segunda redeterminación), lo que implica reconocer
a la contratista por dicho concepto, un monto de $ 1.074,24,
ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a la suma de
$ 8.256.152,26, habiéndose considerado el 10% de utilidad invari-
able.
Que la presente obra será atendida con recursos del Presupuesto
de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF) -
Sociedad de Economía Mixta, en un todo de acuerdo al Convenio
de Gerenciamiento y Administración de Proyectos, suscripto
oportunamente entre el entonces Ministerio de Obras y Servicios
Públicos y la citada Agencia.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su similar Nº
1133/2010, y verificada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado Decreto, la Dirección
General de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que ha procedido
a suscribir con la contratista el Acta Acuerdo de la tercera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos de los trabajos modificatorios de la obra de referenciaPor
ello, las normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con
el N° 408/2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 756/2013 y en
uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la tercera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos, correspondiente al mes de septiembre de 2011, por trabajos
modificatorios necesarios de realizar en la Obra: “NUEVA
ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE CÓRDOBA - Ciudad
de Córdoba - Departamento Capital - Provincia de Córdoba”
aprobados por Decreto Nº 744/2011 por la suma de PESOS UN
MIL SETENTA Y CUATRO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($
1.074,24) suscripta con fecha 19 de julio de 2013 , por el Director
General de Arquitectura y los Apoderados de la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra principal y modificatoria, la
que como Anexo I, compuesto de TRES (3) fojas integra el presente
decreto.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que asciende a la suma total de PE-
SOS UN MIL SETENTA Y CUATRO CON VEINTICUATRO
CENTAVOS ($ 1.074,24) estará a cargo de la Agencia Córdoba
de Inversión y Financiamiento (ACIF) - Sociedad de Economía
Mixta, conforme Convenio de Gerenciamiento y Administración de
Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de
Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia Córdoba
de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.) - Sociedad de Economía
Mixta, a suscribir la Enmienda de Contrato por Redeterminación
de Precio, debiendo la Contratista ampliar la garantía constituida.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F) -
Sociedad de Economía Mixta, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus
efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/pe_d1108.pdf
Decreto N° 1225 Córdoba, 24 de octubre de 2013
VISTO: El expediente N° 0135-021166/2006 del Registro de la
entonces Dirección Provincial de la Vivienda.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aceptación y
agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de la
Ciudad de Río Cuarto de dos inmuebles, el primero de ellos inscripto
en la Matrícula Nº 546.180 que se describe como: Un lote de
terreno ubicado en Barrio “Pueblo Alberdi” de la Ciudad de Río
Cuarto, Pedanía Río Cuarto, DEPARTAMENTO RIO CUARTO,
designado como MANZANA NÚMERO OCHENTA Y TRES y mide
121,55 ms. en cada uno de sus cuatro costados y 6 ms. en sus
ochavas o sea 1 hectárea 6876,88 ms2., lindando: al norte calle
Salta; al sur, calle Catamarca; al este calle Joaquín V. González y al
Oeste calle Manuelita Rosas.
Que el segundo inmueble se encuentra inscripto en la Matrícula
N° 597.499, que se describe como: Una fracción de terreno que es
el resto de una mayor superficie ubicada en lo que fueran los
pastos comunes dentro del Municipio de la ciudad de Río Cuarto,
Pedanía Río Cuarto, DEPARTAMENTO RIO CUARTO, hacia el
Sur de la Estación del F.C.C.A. hoy F.C.N.G.B.M., formada por los
Lotes 51, 52 y 53 y que dicho resto consta de 14532,30 ms2.,
lindando: al norte calle Intendente Daguerre, al Sur, en parte con
calle Publica, hoy Salta, y en parte con las fracciones de la misma
superficie vendida a Luis y José Guglieri y a Andrés Belous, al este
con lo que fue del General Miguel E. Molina y Juan Lamino hoy
calle José Severo Malabia y al oeste calle Pública hoy Aníbal Ponce.
Que dichos inmuebles serán destinados a la construcción de
viviendas por parte de la Dirección General de Vivienda, en el
marco del Programa Federal Plurianual de Construcción de
Viviendas, Hogar Clase Media, o el que en el futuro lo sustituyere.
Que consta en autos copia certificada de la Ordenanza Nº 923/
10, promulgada por Decreto N° 2427/10, que aprueba la Carta
Intención suscripta entre la Provincia de Córdoba y la Municipalidad
de Río Cuarto con fecha 26 de octubre de 2010, como así también
Ordenanza N° 935/10, promulgada por Decreto N° 2448/10, por
la cual el Concejo Deliberante de la Ciudad de Río Cuarto autoriza
al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a la Provincia los
inmuebles de que se trata.
Por ello, las previsiones de los artículos 144 inciso 1) de la
Constitución Provincial, Artículos 1789, 1792, 1810 correlativos y
concordantes del Código Civil, Artículo 135 de la Ley 7631 y su
decreto reglamentario, Artículo 4 inciso I) de la Ley N° 8558, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Jurídico Notarial de la
entonces Subsecretaría de Vivienda con el N° 074/11, por la
Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el Nº 526/13 y por Fiscalía de Estado bajo el N°
001307/2011,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- AUTORÍZASE a la Dirección General de
Vivienda a aceptar y agradecer la donación lisa y llana efectuada
por la Municipalidad de Río Cuarto, de inmuebles que se
encuentran inscriptos, el primero de ellos bajo Nomenclatura
Catastral Departamento 24, Pedanía 05, Localidad Río Cuarto,
Circunscripción 04, Sección 01, Manzana 313, Parcela 001,
empadronado en la Dirección General de Rentas de la Provincia
en la Cuenta N° 2405-17025870 Dominio: Matricula Número
546.180, que se describe como: Un lote de terreno ubicado en
Barrio “Pueblo Alberdi” de la Ciudad de Río Cuarto, Pedanía Río
Cuarto, DEPARTAMENTO RIO CUARTO, designado como
MANZANA NÚMERO OCHENTA Y TRES y mide 121,55 ms. en
cada uno de sus cuatro costados y 6 ms. en sus ochavas o sea
1 hectárea 6876,88 ms2., lindando: al norte calle Salta; al sur,
calle Catamarca; al este calle Joaquín V. Gonzalez y al Oeste
calle Manuelita Rosas. El segundo inmueble se encuentra inscripto
bajo Nomenclatura Catastral Departamento 24, Pedanía 05,
Localidad Río Cuarto, Circunscripción 04, Sección 01, Manzana
263, Parcela 001, empadronado en la Dirección General de
Rentas de la Provincia en la Cuenta N° 2405-01149561, Dominio:

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