Decreto N° 1049

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2013
CÓRDOBA, 30 de diciembre de 2013 BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 231 Primera Sección 9
2013, entre el Director General de Arquitectura, el representante
de la Empresa COVA S.A., contratista de la obra y el Presidente
de la Cámara de Turismo de la Provincia.
Y CONSIDERANDO: Que la redeterminación de precio de
que se trata encuadra en las previsiones del Decreto Nº 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto
por Resolución Nº 013/2011 del entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos, conforme artículo 21° del Pliego Particular de
Condiciones, obrante en autos.
Que la adjudicación de la obra referida se realizó mediante
Decreto Nº 1278/2011 en el marco del Acta Acuerdo suscripta
oportunamente con la Cámara de Turismo de la Provincia de
Córdoba, habiéndose suscripto el contrato pertinente y
replanteado la obra el día 23 de noviembre de 2011, en tanto
que por Decreto Nº 1030/2013 se aprobó el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la segunda
Variación de Costos.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que se informa que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a julio de 2012 era del 84,03%, habiéndose liquidado
a esa fecha Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta por un
porcentaje del 20%.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4,8,9 y 10 del Decreto
Nº 1133/2010, modificado por su similar Nº 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial Nº 13/2011, a partir de julio
de 2012 se verificó un porcentaje de variación de costos del
9,7153%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 6,80%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior a febrero de 2012 (segunda
redeterminación), lo que implica reconocer a la contratista por
dicho concepto, la suma de $ 168.142,42, habiéndose
considerado el 10% de utilidad invariable y el 20% del Certificado
Extraordinario de pago a cuenta, ascendiendo el presupuesto
de obra redeterminado a la suma de $ 14.674.639,84.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010,
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de la
tercera variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 346/2013,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 775/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redetermina
ción de Precio por Reconocimiento de la Tercera Variación de
Costos correspondiente al mes de julio de 2012, por los trabajos
faltantes de ejecutar en la Obra: "EJECUCIÓN PABELLÓN CIELO
Y TIERRA EN EL PARQUE DE LAS TEJAS - CÓRDOBA -
DEPARTAMENTO CAPITAL", por la suma de PESOS CIENTO
SESENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON
CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 168.142,42), suscripta el
día 19 de abril de 2013, entre el Director General de Arquitectura,
el Presidente de la Empresa COVA S.A., contratista de la obra,
y el Presidente de la Cámara de Turismo de la Provincia de
Córdoba, la que como Anexo I, compuesto de TRES (3) fojas,
integra el presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CIENTO
CUARENTA Y DOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($
168.142,42), conforme lo indica la Dirección General de
Administración del Ministerio de Infraestructura, en su Documento
de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2013/000790, con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00 del
Presupuesto Vigente.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a Suscribir, la Enmienda de Contrato por
Redeterminación de Precio, la que será suscripta también por la
Cámara de Turismo de la Provincia de Córdoba, debiendo la
empresa, de corresponder integrar el importe adicional de garantía
de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- FACÚLTASE al Director General de Arquitectura
a efectuar las transferencias de fondos correspondientes a la
Cámara de Turismo de la Provincia de Córdoba, en virtud y
conforme lo establecido en el Acta Acuerdo de fecha 12 de Enero
de 2011.“
Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento
(ACIF) Sociedad del Economía Mixta, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura
a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/pe_d1185.pdf
Decreto N° 1049
Córdoba, 10 de Septiembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0047-015935/11/R6 en el que la
Dirección General de Arquitectura, propicia por Resolución N°
574/2013, la aprobación del Acta Acuerdo de la Cuarta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento Variación de
Costos correspondiente al mes de febrero de 2013, de los
trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: "DEMOLICIÓN,
REPARACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL EDIFICIO DE LA ESCUELA
BANDERA ARGENTINA, UBICADA EN CALLE FERNANDO
CASADO N° 2118 - BARRIO SANTA ISABEL (1ª SECCIÓN) -
CÓRDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL" suscripta el día 19
de junio de 2013, entre el Director General de Arquitectura y la
empresa Juan Pablo Martinazzo contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que la redeterminación de precio de
que se trata encuadra en las previsiones del Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar 1133/2010, y lo dispuesto por
Resolución N° 013/2011 del entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos, conforme Acta de Aceptación de Metodología
de Análisis para Redeterminación de Precios obrante en autos y
lo establecido por el artículo 21 del Pliego Particular de
Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición, en tanto que por Decreto
N° 438/2013 se aprobó el Acta Acuerdo de la Tercera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos de la presente obra.
Que por Decreto N° 1454/2011 se dispuso la contratación
directa con la empresa Juan Pablo Martinazzo, suscribiéndose
el contrato el día 31 de octubre de 2011 y el replanteo de la obra
se realizó el día 1 de noviembre del mismo año.
Que mediante Resolución N° 294/2013 de al Dirección Gene
ral de Arquitectura se amplió el plazo de ejecución de obra hasta
el día 23 de junio de 2013.
Que el porcentaje de ejecución acumulada a febrero de 2013
era del 76,88%, habiéndose liquidado un porcentaje del 20%
del monto en concepto de Certificado Extraordinario de Pago a
Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
N° 1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir del mes
de febrero de 2013 se verificó un porcentaje de variación de
costos del 7,28%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 5,10%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior de dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la última redeterminación
(julio de 2012), lo que implica reconocer a la contratista en
concepto de cuarta variación de costos la suma de $ 128.934,84
habiéndose considerado el 10% de utilidad invariable y el 20°%
del Certificado Extraordinario de pago a cuenta, ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a la suma de $
10.271.109,53.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de la
cuarta variación de costos producida en el mes de febrero de
2013.
Que se agrega Documento de Contabilidad, Nota de Pedido
N° 2013/000998 para atender la erogación que lo gestionado
implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 411/
2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 740/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la cuarta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente al mes de febrero de 2013 por los
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: "DEMOLICIÓN,
REPARACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL EDIFICIO DE LA ESCUELA
BANDERA ARGENTINA, UBICADA EN CALLE FERNANDO
CASADO N° 2118 - BARRIO SANTA ISABEL (1ª SECCIÓN) -
CÓRDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL" por la suma de PE-
SOS CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
CUATRO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($
128.934,84) suscripta el día 19 de Junio de 2013 entre el Direc-
tor General de Arquitectura y el apoderado de la empresa Juan
Pablo Martinazzo contratista de la obra, que como Anexo I,
compuesto de tres (3) fojas integra el presente Decreto.
Artículo 2º. IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y CUATRO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS
($ 128.934,84), conforme lo indica la Dirección General de
Administración de Ministerio de Educación en su Documento de
Contabilidad, Nota de Pedido N° 2013/000998 con cargo a
Jurisdicción 1.35, Programa 378-000 Partida 12.06.00.00 del
Presupuesto Vigente.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa integrar, de
corresponder, el importe adicional de garantía de cumplimiento

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