Decreto Nº 527
Emisor | Minist. Secretaria Gral. de la Gobernacion |
Fecha de la disposición | 9 de Abril de 2010 |
DECRETO Nº 527
Mendoza, 9 de abril de 2010
Visto el expediente N° 2684-S-2009-18004, en el cual se tramita la afectación de un inmueble a los fines de reforzar la vigilancia del mismo; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado inmueble es la casa N° 12 del Campamento de Cacheuta ubicado en el Departamento de Las Heras, sin equipamiento y libre de muebles, el cual será entregado en préstamo gratuito al Sr. Luis Castro;
Que como contraprestación, se acordará que el Sr. Luis Castro cumpla las funciones de cuidador del predio, reforzando la seguridad del inmueble;
Por ello y atento a lo dictaminado a fs. 16 por Asesoría Letrada de la Secretaría de Turismo;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Contrato de Comodato suscripto entre la Secretaría de Turismo representada por el Sr. Luis Böhm, y el Sr. Luis Castro, D.N.I 11.091.267, para afectar el inmueble casa N° 12 del Campamento de Cacheuta, ubicado en el Departamento de Las Heras, sin equipamiento y libre de muebles para reforzar la seguridad del predio, que se adjunta en fotocopia certificada y como Anexo.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Luis Alejandro Cazabán
Anexo
Contrato de Comodato
Entre la Secretaría de Turismo, en adelante EL COMODANTE, representada en este acto por el Sr. Secretario de Turismo Lic. Luis Böhm, D.N.I. 16.723.586, con domicilio en calle San Martín N° 1143, de la Ciudad de Mendoza, por una parte, y por la otra el Sr. Dn. Luis Castro, en adelante llamado COMODATARIO, D.N.I. 11.091.267, constituyendo domicilio especial a los efectos del presente en Barrio El Cardenal, Manzana: D - Casa: 7 - Godoy Cruz; y en el marco de lo establecido por la Ley 5.349 y su Decreto Reglamentario 3.220/89, acuerdan suscribir el presente Contrato de Comodato, ad-referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto: EL COMODANTE entrega en préstamo al COMODATARIO, la Casa 12, ubicada en el Campamento de Cacheuta - Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza, sin equipamiento y libre de muebles para que éste se desempeñe como cuidador del mencionado Campamento reforzando la vigilancia del mismo. Esta tarea constituirá la contraprestación en especie exigida por el Decreto N° 153/03.
SEGUNDA: Modalidad de uso:EL COMODATARIO queda facultado a partir de la firma del presente, para el uso del inmueble. Dentro del contexto de las normas...
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