Decreto Nº 3.517

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2009

DECRETO Nº 3.517

Mendoza, 31 de diciembre de 2009

Visto el expediente N° 11357-D-08-01134 (constante de dos (2) cuerpos); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 8039 se ratificó el Decreto N° 3758/08 por el cual se homologó el Acta Paritaria suscripta en fecha 22 de septiembre de 2008 entre el Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Rentas y Representantes de la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.), en la que se acordó la actualización del monto que perciben los Inspectores y Verificadores de la Dirección General de Rentas en concepto de Movilidad.

Que de acuerdo con lo expuesto precedentemente debe reconocerse de legítimo abono el pago en concento de Actualización del Reintegro de Gastos por Movilidad a favor de los Inspectores y Verificadores de la Subdirección de Fiscalización de la Dirección General de Rentas, por los meses de julio de 2008 a diciembre de 2008.

Que lo solicitado en las presentes actuaciones se encuentra dentro de las excepciones del Artículo 13 del Decreto-Acuerdo N° 2101/09.

Por ello, atento lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda a fs. 40, 61, 64 y vta., 133 y vta., 138 y vta. y por Fiscalía de Estado a fs. 136 y vta., todas en el expediente N° 11357-D-08-01134,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Exceptúese la presente norma legal de lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto-Acuerdo N° 2101/09.

ratificado por Ley N° 8039, a los Inspectores y Verificadores de la Subdirección de Fiscalización de la Dirección General de Rentas cuya nómina figura en la Planilla Anexa que forma parte del presente decreto.

Artículo 3º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo anterior será atendido con cargo a la Cuenta General: H96091 41301 000...

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