Decreto Nº 188
Emisor | Min. Infraestructura |
Fecha de la disposición | 11 de Febrero de 2010 |
DECRETO Nº 188
Mendoza, 11 de febrero de 2010
Visto el expediente N° 2945-M-08-30093 y su similar acumulado N° 197-S-08-30093, en los cuales se da cuenta de la necesidad de dejar sin efecto el nuevo llamado a "Licitación Pública Nacional para el Otorgamiento de las Concesiones de Operación de los Servicios Públicos de Transporte Colectivo de Pasajeros Urbano, de Media y Larga Distancia -Zona Sur- de la Provincia de Mendoza Mediante Ómnibus", autorizada por Decreto N° 1900/08; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 13 del 15 de enero del año 2009, el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte suspendió la fecha de apertura de sobres de la referida licitación, por las razones expresadas en ese acto administrativo, con especial consideración a lo resuelto por el señor Juez del 12º Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas en los autos N° 117709, caratulados: "T.U" S.R.L. y C.C.I.L. c/Gobierno de la Provincia de Mendoza p/Acción de Amparo", que invocando interés legítimo promovieron empresarios del transporte.
Que en la resolución citada anteriormente, se dispuso que el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos, debía efectuar la revisión de los Pliegos de Bases y Condiciones y de las Circulares que los integran y completan, correspondientes a la referida licitación, contemplando la posibilidad de su modificación y adecuación a fin de disipar dudas sobre su alcance y contenido. Una vez concluida tal revisión debía llevar adelante el proceso de aprobación de los nuevos pliegos y darse continuidad al procedimiento licitatorio.
Que en esta instancia y conforme surge de los antecedentes obrantes en las actuaciones referenciadas, la Subsecretaría de Servicios Públicos del Ministerio actuante, después de efectuar una revisión integral de los Pliegos de Bases y Condiciones, como así también de las Circulares que los integran y completan, ha manifestado la necesidad de introducir modificaciones sustanciales en dichos instrumentos. Por ello y conforme surge del dictamen producido al respecto por la Asesoría Legal de esa Jurisdicción, a fojas 723 del expediente N° 2945-M-08-30093, resulta procedente dejar sin efecto el procedimiento licitatorio autorizado por Decreto N° 1900/08.
Que lo manifestado precedentemente obedece al propósito de imprimirle claridad y celeridad a los procesos, de contratación del Estado...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba