Decreto Nº 1.400
Emisor | Minist. Secretaria Gral. de la Gobernacion |
Fecha de la disposición | 29 de Junio de 2010 |
DECRETO Nº 1.400
Mendoza, 29 de junio de 2010
Visto el Expediente N° 1853-G-2010-00020, mediante el cual se tramita el ajuste de situación de revista de los agentes Luis Alberto Mas y Carlos Alberto Pometti; y
CONSIDERANDO:
Que el agente Mas ocupa un cargo Clase 008, Capataz Oficios Múltiples (efectivo) y el agente Pometti ocupa un cargo Clase 003 ordenanza (interino), de la Dirección de Servicios Generales;
Que para otorgar los ajustes solicitados es necesario proceder a modificar la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2010 de la Administración Pública Provincial;
Que el agente Mas se encuentra incluido en el Adicional de Mayor Dedicación del 80%, establecido por el Artículo 59 de la Ley N° 5126, modificado por el Artículo 20 de la Ley N° 5811 y su modificatoria, prorrogado automáticamente por diversas normas legales siendo la última por Decreto-Acuerdo N° 460/10, hasta el 30 de septiembre de 2010;
Que corresponde realizar una modificación presupuestaria a fin de ajustar el crédito de la partida de personal;
Que a fojas 04 obra el V°B° del Señor Ministro Secretario General de la Gobernación;
Que a fojas 12 se ha gestionado el Volante de Imputación Preventiva de Cargos;
Que a fojas 03 y 16/17 obra informe de la Subdirección de Personal del Ministerio Secretaría General de la Gobernación;
Por ello y lo dispuesto por los Artículos 9, 48, 50, 51 y 68 de la Ley N° 8154, Presupuesto año 2010 y Artículos 1, 20, 21, 22, 31 y 42 del Decreto-Acuerdo N° 366/2010, reglamentario de la misma y Decretos-Acuerdo Nros. 565/08 y 608/08;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúese el presente decreto del congelamiento dispuesto por el Artículo 50 de la Ley N° 8154, Presupuesto General Vigente año 2010.
Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General Vigente año 2010 y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Código Escalafonario, Clase y Unidad de Gestión, los cargos y al agente como se indica en Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente decreto.
El ajuste indicado en el artículo precedente, no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentre el agente en la actualidad.
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