Decreto N° 2.075

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2010

DECRETO N° 2.075

Mendoza, 9 de setiembre de 2010

Visto el expediente N° 00556-D-86-01029, en el cual el señor José Díaz, acogiéndose en tiempo y forma a las disposiciones de la Ley N° 5079, solicita el beneficio de Retiro Voluntario previsto en el Decreto-Ley N° 4176/77 y sus modificaciones; y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al 1 de agosto de 2007, fecha a partir de la cual se le acepta la renuncia al cargo Clase 012 - Oficial Alcaide - S.C.P.A. de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, según fotocopia de la Resolución N° 01096-G-07 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos, cuya copia obra a fs. 72 del expediente de referencia, el actor registra 37 años y 02 meses de servicios exclusivamente penitenciarios.

Que el período a computar de acuerdo a las previsiones de la Ley N° 5079 y su Decreto reglamentario N° 3899/87, se encuentra comprendido desde el 1 de junio de 1970 al 30 de abril de 1986 según lo informa el Departamento Reajuste y Liquidaciones de la Oficina Técnica Previsional a fs. 31 y vta. del expediente N° 00556-D-86-01029, formulándose el respectivo cargo de deuda por diferencias de aportes de acuerdo a la citada normativa legal, la que deberá descontarse en 73 cuotas mensuales del 20% y una final del 13,20%, habiendo tomado conocimiento el actor según presentación efectuada a fs. 78 vta. del mencionado expediente.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 33 y 34, respectivamente, del expediente de referencia, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio al señor José Díaz, en los términos del Artículo 2º, Apartado 2 de la Ley N° 6239.

Que para establecer el haber de retiro del caso, se consideró el promedio de los 24 meses anteriores a la baja según informe de fs. 77 del expediente N° 00556-D-86-01029 y encasillamiento de fs. 77 vta. del mencionado expediente, correspondiéndole un 100% conforme la escala del Artículo 12 del Decreto-Ley N° 4176/77.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional a fs. 98 del expediente N° 00556-D-86-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 99 de dicho expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR