Decreto Nº 96/GCABA/15

FirmantesMACRI - Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2015

VISTO:

La Ley N° 4.786, el Decreto N° 118/14, el Expediente N° 4.314.212-MGEYA-

DGAYAV/15 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.786 tiene por objeto establecer la asistencia integral a las víctimas

sobrevivientes y familiares de víctimas fatales de «La Tragedia de República de

Cromañón», ocurrida el día 30 de diciembre de 2004 en el local sito en la calle

Bartolomé Mitre 3060 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de

prestaciones de salud, educación, inserción laboral y asistencia económica;

Que por Decreto N° 118/14 se aprobó parcialmente la reglamentación de la precitada

Ley;

Que dicha reglamentación tuvo como objetivo determinar los alcances de la Ley, a fin

de precisar las pautas de procedimiento tendientes a la tramitación del subsidio

previsto en el Decreto antes citado;

Que en el artículo 4° de la Ley en estudio se establece que, entre otras cuestiones, el

Poder Ejecutivo diseña e implementa las acciones, políticas y programas en materia

de salud, coordinados y articulados entre los diferentes niveles de atención,

subsectores y jurisdicciones con el objeto de garantizar la accesibililidad, integralidad,

universalidad, periodicidad, asistencia y seguimiento interdisciplinario y continuo de los

beneficiarios;

Que en el artículo 7° de la Ley, en materia de asistencia alimentaria, norma que

aquellos hogares conformados por beneficiarios que accedan a los beneficios

otorgados por la Ley N° 4.786 y se ajusten a los términos y condiciones establecidos

por la Ley N° 1.878, tendrán acceso al beneficio conferido por el Programa Ciudadanía

Porteña - Con Todo Derecho;

Que a los efectos de lograr una adecuada aplicación de los mencionados artículos, se

propicia aprobar su reglamentación;

Que el artículo 6° de Ley N° 4.786 establece que el Poder Ejecutivo convocará a los

beneficiarios con preferencia y por los medios que considere convenientes a participar

de los concursos públicos que se dispongan para cubrir vacantes en el sector público,

promoviendo por otro lado la capacitación de los beneficiarios para la mejora de las

condiciones de empleabilidad en el mercado de trabajo;

Que el artículo precitado fue objeto de...

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