Decreto N° 850

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 221 CÓRDOBA, 18 de diciembre de 20146
Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de Vialidad,
los trabajos modificatorios propuestos tienen su origen en la
reformulación del proyecto original, cuya Planilla Comparativa arroja
una diferencia en más de $ 40.345.200,65, lo que representa un
incremento del 29,97% del monto contractual, lo que requiere una
ampliación del plazo de obra de SEIS (6) meses, llevando la fecha
de finalización de los trabajos al día 8 de febrero de 2016.
Que los citados trabajos modificatorios, consisten en el aumento,
disminución y creación de nuevos ítems, cuya designación, unidad
y cantidad se consignan en la Planilla, que como Anexo I, forma
parte de la Resolución Nº 00444/14 de la citada Dirección.
Que de la documentación incorporada en autos se desprende
que la modificación de obra propiciada se refiere a trabajos
necesarios, de carácter imprevisible, que implican una modificación
del contrato original por aumento, disminución y creación de nuevos
ítems, que se consideran como enmarcados en la hipótesis del
artículo 40 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, no superando el
monto total del treinta por ciento (30%) del contrato, encontrándose
dentro de los límites cualitativos y cuantitativos fijados por la citada
Ley.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable (Nota de pedido), en cumplimiento a lo establecido por el
artículo 13 de la Ley N° 8614, así como el Informe de Habilitación
para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de
Obras (artículo 7 del Decreto N° 8/98 y Resolución N° 002/99 del
entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del
Ministerio de Infraestructura con el N° 379/2014, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 578/140 , y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1,
correspondiente a los trabajos de la obra: “CONTRATO MODU-
LAR PARA DUPLICACIÓN DE CALZADA EN RUTA NACIONAL
N° 36 – TRAMO: BOWER – ALTO DE FIERRO Y RUTAS VARIAS
DE LA ZONA 1 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL – COLÓN –
CALAMUCHITA – PUNILLA – SANTA MARÍA”, a cargo de la
empresa AFEMA S.A., por la suma de PESOS CUARENTA
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL
DOSCIENTOS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($
40.345.200,65), conforme Planilla, que como Anexo I, compuesta
de DOS (2) fojas, integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- APRUÉBASE la ampliación del plazo de obra
por el término de SEIS (6) meses, llevando como fecha de su
finalización al día 8 de febrero de 2016.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MIL DOSCIENTOS CON SESENTA Y CINCO
CENTAVOS ($ 40.345.200,65), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/001390, con cargo a
Jurisdicción 1.50,Programa 504-002,Partida 12.06.00.00, Centro
de Costo 5970 del P.V.
ARTÍCULO 4º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 5º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por la
firma AFEMA S.A., para la ejecución de los trabajos de que se
trata en los términos de su presentación, haciendo expresa renuncia
a los gastos improductivos, gastos generales directos o indirectos,
como cualquier otro que pudiera corresponderle por la
instrumentación y/o tramitación de la presente modificación de obra
y ampliación de plazo.
ARTÍCULO 6º.- DISPÓNESE que la firma AFEMA S.A. deberá
integrar la Garantía de Fiel Cumplimiento en la misma proporción
establecida para el Contrato Principal y cumplimentar con el sellado
de Ley de la Enmienda de Contrato por Modificación de Obra.
ARTÍCULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 8º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial
de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, al Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/5fNtjJ
Decreto N° 850 Córdoba, 7 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016437/2013/A4 del registro de
la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección dependiente
del Ministerio de Infraestructura, propicia por Resolución Nº 00306/
2014 la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la Primera Variación de Costos
correspondiente al mes de septiembre de 2013, por trabajos faltantes
de ejecutar en la obra: “REHABILITACION RUTA PROVINCIAL
A-102 - CAMINO 60 CUADRAS – DEPARTAMENTO CAPITAL”,
suscripta el día 28 de febrero de 2014 entre el Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad, y los Representantes de la Empresa
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L. – U.T.E.,
contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su similar N°
1133/2010, y lo establecido en el Artículo 8° del Pliego Particular de
Condiciones y Aclaratorias sin Consulta Nros. 1 y 2.
Que mediante Decreto N° 842 de fecha 16 de julio de 2013 se
adjudicó la obra principal a la Empresa CONSTRUCTORES
ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L. – U.T.E., suscribiéndose el día 23
de septiembre de 2013 el contrato correspondiente.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su petición.
Que de acuerdo al procedimiento establecido en relación al artículo
10 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, referido a la Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos mediante fórmula polinómica,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos,
produciéndose una variación de costos de la obra superior al 7%
entre la fecha de licitación (mayo/2013) y el mes de la primera
redeterminación (septiembre/2013), estableciéndose la comparación
entre las tablas de valores correspondientes a los meses
inmediatamente anteriores a cada una de ellas.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras informa que
se ha producido una variación en el precio de la obra de 11.02%
lo que genera un Fri ( Factor de Redeterminación) igual a 1,11
para el mes de septiembre/2013, resultando un monto a imputar de
$ 4.517.957,79, importe resultante de aplicar al monto contractual
faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad invariable el citado
incremento, ascendiendo el nuevo presupuesto de obra
redeterminado a la suma $ 50.071.987,83.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el Decreto
N° 1231/10, modificatorio de su similar Nº 1133/10, lo dispuesto por
Fiscalía de Estado en Circular N° 001/13 y verificada la existencia
de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado
instrumento legal, la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado
conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que
suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de
precio por reconocimiento de variación de costo, correspondiente
al mes de septiembre de 2013.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios
de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al
Decreto referenciado.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
000673 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas, lo
dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010,
modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado por la
Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 287/2014, por Fiscalía de Estado bajo el
N° 574/2014 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera
Variación de Costos correspondiente al mes de septiembre de 2013,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “REHABILITACION
RUTA PROVINCIAL A-102 - CAMINO 60 CUADRAS –
DEPARTAMENTO CAPITAL”, por la suma de PESOS CUATRO
MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($
4.517.957,79), suscripta el día 28 de febrero de 2014 entre el
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Raúl
BERTOLA, por una parte, y los Representantes de la Empresa
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L. – U.T.E.,
Ingenieros Marco Miguel FRATIANNI y Arturo ROMERO
CAMMISA, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I,
compuesto de ocho (8) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y
NUEVE CENTAVOS ($ 4.517.957,79), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial
de Vialidad en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido)
Nº 2014/000673, al Ejercicio Futuro 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L. – U.T.E.,
integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Pcbbz5
Decreto N° 856 Córdoba, 7 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0045-016390/2012/A5 del registro de
la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00268/2014 la aprobación del Acta Acuerdo de
la primera Redeterminación de Precio por Reconocimiento de
Variación de Costos correspondiente al mes de septiembre de 2013,

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