Decreto N° 842 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Junio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 149
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 2 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos,
las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comi-
sión Laboral de Concurso y Promoción correspondiente, procediéndose a
la conformación denitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución
1/2015.
Que se publicó en la página web ocial la mencionada conformación
denitiva de los Tribunales de Concurso, y la fecha en que se llevaría a
cabo la prueba de oposición, la que fuera prevista para el 22 de agosto de
2015.
Que a requerimiento de la entonces Secretaría de Capital Humano del
entonces Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Pro-
vincia de Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales
en todas las jurisdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y
custodia de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron,
y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las
Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el
proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de
dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes
inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección
del Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en el Portal WEB del
Gobierno Provincial.
Que durante los días 25 al 29 de setiembre de 2015 transcurrió el pe-
ríodo para vista de antecedentes y presentación de observaciones, así
como las renuncias al citado orden de mérito.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando
las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos
efectuados por los concursantes, en los términos establecidos por las Ba-
ses y Condiciones del Concurso, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito
Denitivo, que fue publicado en la Página WEB Ocial.
Que en dicho Orden de Mérito se nomina a la señora María Florencia
HARO y Claudia Ester TEJERINA, participantes que superaron las puntua-
ciones mínimas exigidas por la ley para acceder a dos (2) cargos vacantes
del Agrupamiento Administrativo del Departamento Presupuesto y Conta-
ble de la entonces Dirección General de Administración, hoy Dirección Ge-
neral de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas.
Que los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 consignan los requisitos
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial, por lo
cual, resulta necesario encomendar a la Jefatura de Área Recursos Huma-
nos de la Secretaría Legal y Técnica de la cartera actuante la vericación
del efectivo cumplimiento de los mismos.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de
Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas con el N° 422/2016, por Fisca-
lía de Estado bajo el N° 0065/2017 y en ejercicio de atribuciones constitu-
cionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto
para la cobertura de dos (2) cargos vacantes del Agrupamiento Adminis-
trativo del Departamento Presupuesto y Contable de la Dirección General
de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas, a las señoras María
Florencia HARO, D.N.I. N° 34.069.343 y Claudia Ester TEJERINA, D.N.I. N°
31.449.659, por encontrarse en el primer y segundo lugar respectivamente
del Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes
y oposición, convocado por Resolución N° 126/2015, en los términos del
artículo 14°, punto I de la Ley 9361.
Artículo 2º. ESTABLÉCESE que la Jefatura de Área Recursos Huma-
nos de la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de
Finanzas, en caso de corresponder, vericará el efectivo cumplimiento de
los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 para
el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria
General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MI-
NISTRO DE FINANZAS / CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 12 de junio de 2017
VISTO: El expediente Nº 0040-064886/2017 en que se tramita la aplicación
de la transferencia realizada por la Nación en concepto de Aporte del Teso-
ro Nacional a las Provincias.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme las disposiciones nacionales vigentes, el Ministerio del
Interior, Obras Públicas y Vivienda ha dictado la Resolución N° 165/17, con
el objeto de transferir a esta Provincia la suma de pesos un millón quinien-
tos mil ($ 1.500.000.-) en concepto de Aporte del Tesoro Nacional para
atender desequilibrios nancieros, a favor de la Municipalidad de la Ciudad
de La Falda.
Que el reejo del traspaso de dichos fondos a los destinatarios -
nales se imputará en el Presupuesto General en vigencia en la Partida
21.02.02.00 Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias” del Programa
708.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por las Le-
yes Nacionales Nº 23.548, 24.073, 24.699 y sus modicatorias y Decreto
N° 1342/96, la Nota de Pedido Nº 2017/000256 realizada por la Dirección
de Jurisdicción Administración de la Dirección General de Coordinación
Operativa del Ministerio de Finanzas y de acuerdo con lo dictaminado por
la Dirección de Asuntos Legales del mismo Ministerio al Nº 297/17 y por
Fiscalía de Estado en casos análogos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º ASÍGNASE la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS
MIL ($ 1.500.000.-) en concepto de Aportes del Tesoro Nacional para aten-

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