Decreto N° 84

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DECRETO N.º 84/18
Buenos Aires, 21 de marzo de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 1251, 5.460 (textos consolidados por Ley N° 5.666) y 5.172, el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 25624628-MGEYA-
IVC/17 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.172 declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación, en los
términos de la Ley N° 238, al predio identificado catastralmente como Sección 26,
Manzana 37, Parcelas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y estableció que los predios serán
incluidos en el Banco Tierras e Inmuebles del IVC establecido en el artículo 8° de la
Ley 1251;
Que, asimismo, se ordenó que dichos inmuebles sean destinados a la construcción de
proyectos habitacionales para la relocalización de las familias de la Villa 21-24 en
cumplimiento con lo establecido en el fallo emanado de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, causa 1569 x, “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/Estado Nacional y otros
s/ daños y prejuicios daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-
Riachuelo“;
Que el inmueble fue adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por
avenimiento expropiatorio y posteriormente transferido al dominio del Instituto de
Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cumplimiento de la Ley N° 5.172;
Que actualmente, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción: 2;
Sección: 26; Manzana: 37, parcelas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, obra inscripto en el
Registro de la Propiedad Inmueble a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo informado por la Dirección General
Escribanía General;
Que, el artículo 6° de la Ley N° 5.172 desafectó del Distrito de Zonificación E2
(Equipamiento General) del Código de Planeamiento Urbano, las Parcelas 8, 9, 10, 11,
12, 13, 14 y 15, Manzana 37, Sección 26, y las afectó al Distrito de zonificación “U“
(número a designar) “Barrio Alvarado“;
Que, a fines de proseguir con la urbanización del barrio resulta oportuno efectuar la
unificación de las precitadas parcelas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y posterior
fraccionamiento de la parcela surgente con cesión de vía pública, conforme plano de
mensura M-007-2017 realizado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que, el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Acta de
Directorio N° 4560/18, resolvió ceder "...a título gratuito a favor del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, con destino a vía pública y uso público, las superficies de las
calles, senderos y ochavas delimitadas en el plano PLANO M007-2017, mensura
particular con unificación de las parcelas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 y posterior
fraccionamiento de la parcela surgente con cesión de vía pública, ubicadas en las
calles: Alvarado Nº 3141/87/95 entre Agustín Magaldi Nº 1136 y Australia Nº 3142/60 -
Nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCIÓN 2; SECCIÓN 26; MANZANA 37.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5342 - 26/03/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR