Decreto Nº 80

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición20 de Enero de 2010

DECRETO Nº 80

Mendoza, 20 de enero de 2010

Visto el expediente Nº 00001-D-10-01031 y la necesidad de introducir observaciones a la Sanción Nº 8154; y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de que el Poder Ejecutivo es quien tiene a su cargo la administración general de la Provincia, y es de su competencia el diseño de la política salarial del Estado, resulta conveniente que el mismo ejerza la potestad de determinar los parámetros de la reestructuración de las Planillas Anexas al proyecto originariamente remitido a la H. Legislatura respecto de las partidas indicadas en el párrafo anterior, en tanto las mismas se vinculan directamente con la citada política.

Que de esta manera el Poder Ejecutivo podrá adecuar la distribución interna, por partidas presupuestarias y por Jurisdicción, de tal forma de conciliar de la mejor manera la distribución y asignación efectuada en el proyecto elevado por el Poder Ejecutivo y el monto total que resultó finalmente autorizado por el Poder Legislativo en el Artículo 1º de la Sanción Nº 8154, ejerciendo así la potestad de administración que constitucionalmente le compete en miras a la consecución del interés público que el órgano ejecutivo debe tutelar;

Que el Artículo 102 de la Constitución Provincial (tercer párrafo) faculta expresamente al Poder Ejecutivo a vetar las leyes de presupuesto en forma total o parcial, siendo en consecuencia una facultad del mencionado órgano del poder disponer el veto parcial en tanto no afecte la unidad de la ley en general ni el cumplimiento de ninguna otra norma específica comprendida dentro de ésta, procediendo el ejercicio de dicha competencia por razones de conveniencia y oportunidad, según se ha fundamentado en los párrafos anteriores.

Por ello, conforme lo dispuesto en los Artículos 102 y 128 Inciso 1 y concordantes de la Constitución de la Provincia de Mendoza, y lo dictaminado a fs. 123 por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y a fs. 124 por Asesoría de Gobierno, todas del expediente Nº 00001-D-10-01031,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Obsérvese parcialmente lo dispuesto por el Artículo 148 de la Sanción N° 8154, en cuanto a la disminución de las partidas y por los montos que a continuación se...

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