Decreto N° 777 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Agosto de 2022 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 11 de Julio de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 154
CORDOBA, (R.A.) LUNES 1° DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Artículo 18.- El Registro de Matriculados en Instrumentación Quirúr-
gica debe cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 10752
-Registro Público de Profesionales-, conforme lo dispuesto en el artículo 4º
de dicha norma.
Capítulo VI
Régimen Disciplinario
Artículo 19.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley ejercerá el
poder disciplinario sobre sus matriculados con arreglo a lo dispuesto en la
legislación vigente que resulte aplicable y a las disposiciones que por vía
reglamentaria se establezcan.
Artículo 20.- En ningún caso le será imputable al profesional instru-
mentador quirúrgico -que trabaje en relación de dependencia- el daño o
perjuicio sufrido por un paciente cuando se acredite como causal la falta
de recursos o condiciones laborales adecuadas conforme a la normativa
vigente en la materia.
Capítulo VII
Disposiciones Finales
Artículo 21.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente
Ley dentro del plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de su
publicación.
Artículo 22.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
FDO.: OSCAR F. GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - GUILLERMO CARLOS
ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO - LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Decreto N° 777
Córdoba, 11 de julio de 2022
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.820, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - DIEGO HERNÁN CARDOZO, MINIS-
TRO DE SALUD - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 54
Córdoba, 29 de julio del 2022
VISTO: la Resolución N° 023/2022 de esta Secretaría de Nuevas Tecnolo-
gías y Economía del Conocimiento del Ministerio de Ciencia y Tecnología
de la Provincia de Córdoba.
CONSIDERANDO:
Que mediante el precitado acto administrativo se aprobó la solicitud de
la rma “PI CONSULTING S.A.S. (C.U.I.T. 30-71601198-0)” y se la inscribió
en el “Registro de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía
del Conocimiento de la Provincia de Córdoba (RECOR) con carácter de
“Beneciario Provisorio” en los términos y condiciones dispuestos en el
último párrafo del artículo 3° de la Ley N° 10.649 y su modicatoria.
Que la rma “PI CONSULTING SAS (C.U.I.T. 30-71601198-0)” ha
acompañado el acto administrativo de la autoridad competente a nivel na-
cional por medio del cual se dispone su inscripción denitiva en el mencio-
nado Registro Nacional de Beneciarios del Régimen de Promoción de la
Economía del Conocimiento.
Que en su mérito corresponde inscribir denitivamente a la rma la
rma “PI CONSULTING SAS (C.U.I.T. 30-71601198-0)” en el “Registro de
Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento
de la Provincia de Córdoba (RECOR) de la Ley N° 10.649 y su modicato-
ria, Reglamentada por Decreto N° 193/2022.
Que asimismo corresponde disponer la continuidad de los benecios
acordados mediante Resolución N° 023/2022 de esta Secretaría a la rma
“PI CONSULTING SAS (C.U.I.T. 30-71601198-0)” por las actividades allí
indicadas, computando, a tales nes, el plazo que la rma se encontró
inscripta en el RECOR, con carácter de “Beneciario Provisorio” a los nes
del cálculo de los diez (10) años previstos en el último párrafo del artículo
2 de la Ley N°10.649 y su modicatoria.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades confe-
ridas por el Artículo 9 de la Ley N° 10.649 y su modicatoria N°10.722 y el
Decreto N° 193/2021.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas;
EL SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- INSCRIBIR denitivamente a la rma “PI CONSUL-
TING SAS (C.U.I.T. 30-71601198-0)” en el “Registro de Beneciarios del
Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia
de Córdoba (RECOR) de la Ley N° 10.649 y su modicatoria, Reglamenta-
da por Decreto N° 193/2021, a partir de la fecha de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER la continuidad de los benecios acorda-
dos mediante Resolución N° 023/2022 de esta Secretaría a la rma “PI
CONSULTING SAS (C.U.I.T. 30-71601198-0)” por las actividades allí indi-
cadas, computando, a tales nes, el plazo que la rma se encontró inscrip-
ta en el RECOR, con carácter de “Beneciario Provisorio” a los nes del
cálculo de los diez (10) años previstos en el último párrafo del artículo 2 de
la Ley N°10.649 y su modicatoria.
ARTÍCULO 3°.- HÁGASE SABER a la rma “PI CONSULTING SAS
(C.U.I.T. 30-71601198-0)” que deberá informar los cambios en las condicio-
nes que determinaron su inscripción en el RECOR dentro de los VEINTE
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