Decreto N° 725

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 227 CÓRDOBA, 30 de diciembre de 20146
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/pw3jP7
Decreto N° 1218 Córdoba, 31 de Octubre de 2014
VISTO: el expediente Nº 0135-027489/12 del registro de la
Dirección General de Vivienda.
Y CONSIDERANDO:
Que obran en autos copias de las Ordenanzas Nº 33 del año
1984 y su rectificatoria Nº 144 del año 1990, ambas
respectivamente promulgadas mediante Decretos Municipales
Nros.78/84 y 55/90, en las que consta que la Municipalidad de
Devoto dona al entonces Instituto Provincial de la Vivienda, hoy
Dirección de Vivienda, dos fracciones de terreno designadas
como Manzana 99 y Manzana 114 ubicadas en la parte norte del
Pueblo de Devoto, Pedanía Juárez Celman, Departamento San
Justo de la Provincia de Córdoba.
Que en autos obra nota del Intendente de la Municipalidad de
Devoto por la cual solicita la restitución del lote de que se trata.
Que mediante Resolución Nº 0806/90 del entonces Instituto
Provincial de la Vivienda se aceptó y agradeció la donación
oportunamente efectuada de dicho inmueble, el que ingresó al
dominio de la Provincia de Córdoba.
Que por otra parte, la División Tierras y Títulos de la Dirección
General de Vivienda adjunta copia de la Matrícula Nº 458.656
expedida por el Registro General de la Provincia, con su
respectiva planilla, de donde surge que el inmueble cuya
restitución se solicita, se encuentra inscripto a nombre del ex
Instituto Provincial de la Vivienda (hoy Dirección General de
Vivienda) libres de todo gravamen e inhibiciones.
Que se acompaña en autos copia del Plano de Mensura y
Loteo de los lotes 99 y 114 confeccionado por el entonces Instituto
Provincial de la Vivienda – Expediente Nº 0033-64707/97 de la
Dirección General de Catastro aprobado el 30-04-97, de cuyas
operaciones surge que el inmueble a restituir es la Manzana 130
Lote 1 cuya Nomenclatura Catastral se identifica como: 30-02-
21-01-01-130-001 y Numero de Cuenta de la Dirección Gen-
eral de Rentas 30-02-7018134-5.
Que la Comisión Regularizadora de Planes Habitacionales da
cuenta que en el lote solicitado se han construido viviendas bajo
el programa FO.VI.COR cumplimentando las medidas del plano
correspondiente, por lo que considera que no hay impedimento
alguno para proceder a la restitución del bien.
Que en razón de lo expuesto, corresponde dar intervención a
la Escribanía General de Gobierno a fin de labrar la escritura
traslativa a favor de la Municipalidad de Devoto.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo
144 de la Constitución Provincia, las previsiones de los artículos
4° inciso 1) de la Ley N° 8558, lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con
el Nº 208/13 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 000708/14,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de
Vivienda a donar a favor de la Municipalidad de Devoto, un
lote de terreno ubicado en la parte Norte del Pueblo de Devoto,
Pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo, designado
como Lote 1 de la Manzana 130, que mide y linda: al Norte (2B1)
49,76 ms, con calle Chile; al Este (B1-C1) 85,00 ms, con calle
Alte. Brown; al Sud (C1-3) 49,75 ms con calle Brasil y al Oeste
(3-29) 85,00 ms. Con calle pública, encerrando una superficie
de 4228,75 ms2, inscripto con relación a la Matricula Nº 458.656,
Departamento San Justo (30), cuya Nomenclatura Catastral es
30-02-21-01-01-130-001 y Número de Cuenta de la Dirección
General de Rentas es 30-02-7018134-5.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE a la Escribanía General de
Gobierno a labrar la escritura traslativa de dominio a favor de
la Municipalidad de Devoto.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, dése intervención a la Contaduría
General de la Provincia, a la Dirección General de Vivienda a
sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 935 Córdoba, 25 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0045-016390/2012/A10 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00461/2014 la aprobación del Acta Acuerdo
de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Segunda
Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “PAVIMENTACIÓN
TRAMO: LAS TAPIAS – BOCA DEL RÍO – DEPARTAMENTO
SAN JAVIER — PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con
fecha 2 de junio de 2014, entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad, y el Apoderado de la Empresa VIMECO
S.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio
de su similar N° 1133/10, conforme lo establecido en el Artículo
16° del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 699 de fecha 7 de junio de 2013, por
el cual se dispuso la adjudicación de la obra de referencia a la
Empresa VIMECO S.A., firmándose como consecuencia de ello,
con fecha 10 de septiembre de 2013, el respectivo Contrato de
Obra aprobándose mediante Decreto N° 856/2014 la
Redeterminación de Precios por Reconocimiento de la Primera
Variación de Costos. .
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras (D.P.V.)
informa que se ha producido una variación en el precio de la
obra del 12.49 % al mes de febrero de 2014, resultando en un
monto a imputar de $ 1.642.958,25, importe resultante de aplicar
al monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de
Utilidad Invariable, el incremento citado, ascendiendo el nuevo
presupuesto de la obra.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar N° 1133/10, la
Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con
la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de precio por
reconocimiento de variación de costo, correspondiente al mes
de febrero de 2014.
Que se agrega Documento Contable –Nota de Peido N° 2014/
001239 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 387/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 644/2014, y en uso de sus atribuciones constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la Segunda
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “PAVIMENTACIÓN
TRAMO: LAS TAPIAS – BOCA DEL RÍO – DEPARTAMENTO
SAN JAVIER — PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma de
PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON VEINTICINCO
CENTAVOS ($ 1.642.958,25), suscripta con fecha 2 de junio
de 2014, entre el Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte, y el
Apoderado de la Empresa VIMECO S.A., Ingeniero Carlos
Eduardo PES, contratista de la obra, por la otra, la que como
Anexo I, compuesto de SIETE (7) fojas, forma parte integrante
del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS CUARENTA Y
DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON
VEINTICINCO CENTAVOS ($ 1.642.958,25), conforme lo in-
dica el Departamento Administración y Personal de la Dirección
Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido) Nº 2014/001239, al Ejercicio Futuro 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de
contrato por redeterminación de precio, debiendo la empresa
VIMECO S.A., integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/1ALBTa
Decreto N° 725 Córdoba, 1º de Julio de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0047-000890/2012/R2 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución Nº 291/2014, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la Primera y Segunda Variación de Costos
correspondiente a los meses de julio/2013 y enero/2014, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “EJECUCIÓN DE LAS
TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES
que oportunamente se determinen para la realización DEL PLAN
INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad
de Córdoba – Año 2013/2014 – ZONA H – Provincia de Córdoba”,

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