Decreto N° 70

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DECRETO N.º 70/22
Buenos Aires, 24 de febrero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 6, 210, 1.218, 2.148 (textos consolidados por Ley N° 6.347), y
6.306; los Decretos N° 463/19 y modificatorios y 370/21, la Resolución N° 210-
SSGCOM/20, el Expediente Electrónico N° 7320752-GCABA-DGGSM/22; y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto, han solicitado la readecuación de la tarifa
del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro las asociaciones y
entidades representativas del sector;
Que, a tal fin, los representantes de las referidas entidades, acompañaron un Estudio
Tarifario de Gastos de Explotación y Rentabilidad del Taxi actualizado al mes de
febrero de 2022;
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas dependiente de la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el citado Decreto N° 463/19 se estableció, entre las responsabilidades
primarias de la mencionada Secretaría la de planificar, implementar y gestionar las
políticas referidas a los distintos servicios de transporte de pasajeros en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, por su parte, la Subsecretaria de Gestión de la Movilidad, dependiente de la
Secretaria de Transporte y Obras Públicas, tiene entre sus responsabilidades
primarias la de gestionar y fiscalizar el ordenamiento del transporte de pasajeros;
Que, a la fecha, la tarifa que resulta aplicable al Servicio Público de Automóviles de
Alquiler con Taxímetro se encuentra fijada por el Decreto Nº 370/21 en el valor de
pesos once con diez centavos ($ 11,10) la ficha diurna y pesos trece con veinte
centavos ($ 13,20) la ficha nocturna;
Que, al respecto, resulta relevante analizar la evolución de los factores económicos
involucrados en la actividad, como ser, el capital invertido, así como la modificación de
los precios de la mayoría de los insumos utilizados en la explotación del mencionado
servicio;
Que dicho análisis ha sido efectuado mediante IF-2022-07645434-GCABA-DGGSM
por parte de la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad, de la
Subsecretaria de Gestión de la Movilidad, dependiente de la Secretaria de Transporte
y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estudiando la rentabilidad
del sector y analizando la evolución de los ingresos y de los costos involucrados en la
explotación de la actividad;
Que conforme se desprende del mencionado informe, la tarifa proyectada contribuiría
a la recomposición de la ecuación económica de la actividad;
Que, en tal sentido, la citada Subsecretaria de Gestión de la Movilidad, propone un
aumento del valor de la ficha diurna a pesos catorce con cuarenta centavos ($ 14,40) y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6327 - 25/02/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR