Decreto N° 70 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Febrero de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Enero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 25
CORDOBA, (R.A.) MARTES 1° DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en el marco de las facultades
delegadas por Decreto N° 353/2015, con destino a la obra pública cita-
da anteriormente, siendo la supercie a afectar de 10 has., 2.450 m2, de
acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por la Ing. Agrimensor Gracie-
la E. Loyácono, y visado por la Dirección General de Catastro en el Expíe.
N° 0033-065835/2012, con fecha 9 de octubre de 2012.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, asi como su ante-
cesor, suscripto entre las mismas partes el día 8 de marzo de 2016, por el
cual la propietaria del inmueble se avino a vender y transferir las fracciones
de terreno declaradas de utilidad pública y sujetas a expropiación, indivi-
dualizadas conforme a los Planos de Afectación CS-PX(RN19) 110 y 111
-ROA, designadas como Afectaciones Nros. 99 y 99 bis, para la ejecución
de la obra de que se trata, encerrando en total una porción afectada de
aproximadamente 10 has. 2.450 m2, sujeta a determinación mediante el
correspondiente plano de mensura, haciendo entrega de la posesión en
ese acto de la Afectación N° 99; por su parte, respecto a la afectación 99
bis se tomó posesión el día 17 de noviembre de 2017, por orden del Juz-
gado de 1° Instancia y 27° Nominación Civil y Comercial de la ciudad de
Córdoba, en autos “Caminos de las Sierras S.A. c/ Frattari, Fanny del Valle
Expropiación Expediente N° 6532062”; en tanto, se acompaña la docu-
mentación que acredita la calidad de los suscriptores de los Convenios en
cuestión.
Que en el Convenio Denitivo de que se trata, se consigna que el pre-
cio ha sido determinado mediante la Resolución N° 9046/2017 del Consejo
General de Tasaciones, lo que sumado al 10% adicional autorizado por el
artículo 14 de la Ley N° 6394, hace un importe total, único, denitivo e irre-
vocable de Pesos Un Millón Novecientos Veintiún Mil Cuatrocientos Cuaren-
ta y Nueve con Setenta y Cinco Centavos ($ 1.921.449,75), el que se con-
sidera que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente
sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro
concepto en los términos de la Ley de Expropiaciones N° 6394.
Que asimismo, se consigna que habiendo abonado al momento de la
posesión parte del precio, la Provincia abona al propietario el saldo mediante
transferencia bancaria, el cual es imputado al pago total, único y denitivo.
Que la transferencia de dominio del inmueble a favor del Estado Provincial
será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmue-
ble de marras y aprobar el Convenio Denitivo de que se trata, por encua-
drar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N° 6394, así
como en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Con-
trato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997 y artículo 7, inciso
d), del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N° 1590/1997, los cuales
establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A. tiene el deber
y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas
con el N° 525/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1144/2021 y en uso
de atribuciones constitucionales:
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera
declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por
Ley N° 9857 e individualizado por la Resolución N° 142/2015 del entonces Mi-
nisterio de Infraestructura y N° 53/2017 del entonces Ministerio de Vivienda, Ar-
quitectura y Obras Viales, en el marco de las facultades delegadas por Decreto
N° 353/2015, ubicado en El Sauce, Pedanía Yegua Muerta, Departamento Río
Primero de esta Provincia, inscripto en su mayor supercie en el Registro Ge-
neral de la Provincia en la Matricula N° 1.522.028, con una supercie a afectar
de 10 has., 2.450 m2, dé acuerdo al Plano de Mensura, confeccionado por la
Ing. Agrimensor Graciela E. Loyácono, y visado por la Dirección General de
Catastro en el Expíe. N° 0033- 065835/2012, con fecha 9 de octubre de 2013;
y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Denitivo de Adquisición de
Inmueble por Avenimiento que, como Anexo 1, compuesto de veinte (20) fojas
útiles, integra este acto, suscripto entre la rma Caminos de las Sierras S.A.,
en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria
de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y las señoras Fanny del Valle
FRATTARI, D.N.I. N° 14.333.943, en carácter de nuda propietaria del inmueble
afectado y cesionario de los derechos de pago y demás derechos, acciones y
obligaciones emergentes del Convenio de Avenimiento del 8 de marzo de 2016,
y Nilda BONIS de FRATTARI, D.N.I. N° 1.925.764, en carácter de usufructuaria
del bien y cedente de los derechos, acciones y obligaciones antes referidos;
para ser destinado a la ejecución de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA
DE LA RUTA NACIONAL N° 19 - TRAMO: ESTACIÓN DE PEAJE - INICIO
VARIANTE RÍO PRIMERO - SECTOR PARCIAL DE 7 KM ENTRE PIQUILLÍN
Y RÍO PRIMERO”.
Artículo 2°.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a
favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el
articulo 21 de la Ley N° 6394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa
Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 70
Córdoba, 24 de enero de 2022
VISTO: el Expediente Nn 0521-060370/2019 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.RSe.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial, Edilicia y Antenas
del E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Denitivo de Adquisición
de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de un inmueble
ubicado en el lugar denominado “La Banda Norte del Río Segundo”, Peda-
nía San Antonio, Departamento Santa María de esta Provincia, inscripto en
su mayor supercie en el Registro General de la Provincia en la Matrícula
N° 1.288.485, con una supercie a afectar de 1 ha., 8.187 m2, suscriptos
el 13 de diciembre de 2018, entre la empresa Caminos de las Sierras S.A.,

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