Decreto N° 67 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Febrero de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
5
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 25
CORDOBA, (R.A.) MARTES 1° DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
9444/2018 del Consejo General de Tasaciones, más un 10% conforme a lo
dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 6394, e intereses previstos en el
artículo 13 de dicho régimen, lo que hace un importe total, único, denitivo
e irrevocable de Pesos Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Ochocientos
Sesenta y Dos con Setenta Centavos ($499.862,60); el que se considera
que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea
consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro
concepto en los términos de la citada Ley.
Que asimismo, se consigna que la Provincia abona a los propietarios el
saldo restante mediante cheques, los cuales serán imputados al pago total,
único y denitivo.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado Pro-
vincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley
N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la ad-
quisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Denitivo
de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 13, 14
y 21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1
y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997,
así como en el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio aprobado por
Decreto N° 1590/1997, los cuales establecen que la concesionaria Cami-
nos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre
y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas
con el N° 549/2021, por Fiscalía de Estado bajo el Nü 1193/2021 y en uso
de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera
declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica
para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba (RAC) correspondientes a
la Ruta Nacional N° 36, por Ley N° 10.175, e individualizado por Resolución
N° 122/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las
facultades delegadas por Decreto N° 676/2014, ubicado en Pedanía Mon-
salvo, Departamento Calamuchita de esta Provincia, inscripto en su mayor
supercie en el Registro General de la Provincia en Matricula N° 1.605.203,
con una supercie a afectar de 3 has., 5.029 m2, de acuerdo al Plano de
Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo y vi-
sado por la Dirección General de Catastro con fecha 8 de mayo de 2018,
en el Expte. N° 0033-098666/2016; y, consecuentemente, APRUÉBASE el
Convenio Denitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que como
Anexo I, compuesto de catorce (14) fojas útiles, integra este acto, celebrado
entre la rma CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A., en representación de la
Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Acce-
sos a la Ciudad de Córdoba, y los señores José Fernando NAVEIRO, D.N.I.
N° 6.588.433, Francisco Juan NAVEIRO, D.N.I. N° 6.597.275, y Constanti-
no NAVEIRO, D.N.I. N° 6.602.768, por derecho propio, y los señores Silvia
Analía NAVEIRO, D.N.I. N° 27.003.199, Jorge Ornar NAVEIRO, D.N.I.
30.849.538, e Isabel Ester CARMONA, D.N.I. N° 10.597.140, como herede-
ros del titular registra! Pedro Marcelo NAVEIRO, según Auto N° 206 del 6 de
mayo de 2019, dictado por el Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial
de 15° Nominación de la ciudad de Córdoba, en autos ‘NAVEIRO, Pedro
Marcelo - Declaratorio de Herederos - Expíe. N° 7758826’, todos en carácter
de propietarios del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la
obra “DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N° 36 - TRAMO: SAN
AGUSTÍN - PEAJE PIEDRAS MORAS - AFECTACIÓN POR ENSANCHE ’’.
Articulo 2°.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a
favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el
artículo 21 de la Ley N° 6394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a Caminos de
las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 67
Córdoba, 24 de enero de 2022
VISTO: el Expediente N° 0521-062573/2021 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial, Edilicia y Antenas
del E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Denitivo de Adquisición
de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubica-
da en Pedanía Yegua Muerta, Depar tamento Río Primero de esta Provincia,
inscripto en su mayor supercie en el Registro General de la Provincia en la
Matrícula N° 775.427, con una supercie a afectar de 1.181 m2, suscripto el
1° de septiembre de 2021, entre la empresa Caminos de las Sierras S.A., en
representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria
de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y el señor Ricardo Alberto
MARTÍNEZ, en carácter de titular del inmueble referido, con destino a la eje-
cución de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA DE LA RUTA NACIONAL
N° 19 - TRAMO: ESTACIÓN DE PEAJE - INICIO VARIANTE RÍO PRIMERO”.
Que el mencionado bien fue declarado de utilidad pública y sujeto a
expropiación de manera genérica por Ley N° 9857, que declara en dicha
condición a todos aquellos inmuebles que fueran necesarios para la ejecu-
ción de la Red de Acceso a Córdoba (RAC) correspondientes, entre otros,
a la Ruta Nacional N° 19, e individualizado por Resolución N° 53/2017 del
entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en el marco
de las facultades delegadas por Decreto N° 353/2015, con destino a la
obra pública citada anteriormente, siendo la supercie a afectar de 1.181
m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por la Ing. Agrimensor
Graciela E. Loyácono, y visado por la Dirección General de Catastro en el
Expíe. N° 0033-067145/2012, con fecha 8 de febrero de 2013.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, así como su ante-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR