Decreto N° 664 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor13 de Julio de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Junio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 141
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 13 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida interven-
ción, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 154/2022, por Fisca-
lía de Estado en casos análogos y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.IMPÓNESE el nombre de “MARIA ELENA WALSH” a la
Escuela de Nivel Inicial de Barrio Villa Azalais de Córdoba, Departamento
Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial -Minis-
terio de Educación-.
Artículo 2°.El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC,
MINISTRO DE EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 651
Córdoba, 13 de junio de 2022
VISTO: La Nota N° SGG01-213173001-921, del registro de la Secretaría
General de la Gobernación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del contra-
to de comodato celebrado entre el señor Ministro de Educación, Profesor
Walter Mario GRAHOVAC -en carácter de comodante- y el señor Fernando
Rodolfo COASSOLO, Intendente de la Municipalidad de Saturnino Ma-
ría Laspiur -Departamento San Justo-, en carácter de comodatario.
Que por el referido contrato, el Estado Provincial cede al comodatario,
un inmueble scal en el que funcionaba el Instituto Provincial de Educa-
ción Media N° 287 “LEOPOLDO LUGONES”, dependiente del Ministerio de
Educación, que se identica con la nomenclatura catastral N° 30-02-53-
02-01-039-010-000 y empadronado en la cuenta N° 30-020152679-9, para
una Residencia de Adultos Mayores, con vigencia a partir del 11 de mayo
de 2022 y por el término de diez (10) años.
Que del contrato celebrado surgen los derechos y obligaciones que asu-
men las partes, adecuándose a los extremos exigidos en los artículos 959 y
1533 correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y
el artículo 12 de la Ley N° 10.580 y su Decreto Reglamentario N° 927/19; y la
Resolución N° 1130/19 de la Secretaría General de la Gobernación.
Que obra en autos Visto Bueno del señor Ministro de Educación.
Que en consecuencia, procede en esta instancia adoptar la siguiente
medida, al no existir impedimentos desde el punto de vista jurídico-formal
y por constituir un acto de buena administración a título gratuito.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1288/2021 y por Fiscalía
de Estado bajo el N° 362/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.-APRUÉBASE el contrato de comodato celebrado en-
tre el señor Ministro de Educación, Profesor Walter Mario GRAHOVAC
(M.I. N° 12.875.650), en representación de la Provincia de Córdoba
-en carácter de comodante- y el señor Fernando Rodolfo COASSOLO
(M.I. N° 23.651.804), Intendente de la Municipalidad de Saturnino
María Laspiur -Departamento San Justo-, en carácter de comodatario,
por el cual el Estado Provincial cede a este último, un inmueble fiscal
en el que funcionaba el Instituto Provincial de Educación Media N° 287
“LEOPOLDO LUGONES”, dependiente del citado Ministerio, para una
Residencia de Adultos Mayores, con vigencia a partir del 11 de mayo
de 2022 y por el término de diez (10) años y en las condiciones que se
estipulan en el contrato que como Anexo I compuesto de una (1) foja,
forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 664
Córdoba, 21 de junio de 2022
VISTO: la Nota Nº DEIP01-777991050-913 del registro de la Dirección Ge-
neral de Educación Inicial y Primaria del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la aceptación y agrade-
cimiento de la donación efectuada por parte de la Municipalidad de Córdo-
ba, a favor del Estado Provincial, de cinco (5) fracciones de terrenos ubi-
cadas en la intersección de las calles Fuencarral y Záraga del Barrio Bella
Vista de dicha ciudad, que hacen una supercie total de 1.625 m2, desig-
nadas como Lotes 14 a 18, e inscriptos bajo las Matrículas Nros. 136.984,
188.913, 188.914, 188.915 y 188.916, respectivamente, en las cuales se
emplazan los Centros Educativos Jardín de Infantes y Escuela ‘Dr. Carlos

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