Decreto N° 1.528

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición16 de Julio de 2009

DECRETO N° 1.528

Mendoza, 16 de julio de 2009

Vistos el expediente N° 1160-R-09-00020 y sus acumulados expedientes N° 5846-R-08-30093 y 6436-R-08-10036, en el primero de los cuales el Señor José Antonio Rodríguez interpone Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 43 emitida por el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte en fecha 27 de enero de 2009; y

CONSIDERANDO:

Que por la citada disposición se aceptó en lo formal y se rechazó en lo sustancial el Recurso Jerárquico obrante a fojas 2/4 y vuelta del expediente N° 5846-R-08-30093 interpuesto por el Señor Rodríguez contra la Resolución N° 3237 emitida por la Dirección de Vías y Medios de Transporte del citado Ministerio en fecha 23 de octubre del año 2008.

Que la Resolución N° 3237/08 de la citada Dirección rechazó sustancialmente un Recurso de Revocatoria interpuesto por el mencionado recurrente contra el Acta de Sorteo del 18 al 20 de junio de 2008 correspondiente al Concurso Público de Taxis y Remises en el gran Mendoza.

Que al interponer el mencionado Recurso de Revocatoria el recurrente sostuvo que el acto atacado se dictó como consecuencia de un rechazo por parte de la administración en el llamado a Concurso Público de Taxis y Remises en el gran Mendoza en la categoría de Permisionario de Remis (Grupo 09) porque le faltó acompañar el certificado de Libre Deuda que debía expedir la Dirección de Vías y Medios de Transporte, conforme lo establecido en los Artículos 16 Inciso ñ) y 17 del Pliego General de Bases y Condiciones.

Que con relación a lo expuesto cabe destacar que el presentante sostiene que se trataba de un requisito que no alteraba ni modificaba las pautas de valoración del postulante, que no es esencial sobre el efecto de la adjudicación, ya que se refiere a aspectos formales que no invalidan el acto, complementario de la solicitud de admisión y del contenido de la propuesta y, que en definitiva fue acompañado con posterioridad debido a demoras en su emisión por parte de la Dirección de Vías y Medios de Transporte.

Que al rechazarse ese recurso se sostuvo que el mismo se sustentó en lo dispuesto en el Artículo 17 del Pliego General de Bases y Condiciones, en virtud del cual, constatada la falta de presentación de la documentación establecida en el Artículo 16 de dicho Pliego, se procedería al rechazo de la oferta por completo en el mismo acto de apertura con devolución de la documentación al presentante.

Que en ocasión de resolverse por Resolución N° 43 emitida por el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte en fecha 27 de enero de 2009 el Recurso Jerárquico, se ratificó la legalidad de lo actuado y se sostuvo que el oferente debió haber acompañado por lo menos una certificación que acreditara que el mismo se encontraba en trámite y que su falta de acompañamiento con la oferta se debía a la mora en su emisión por parte de la propia Administración.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR