Decreto Nº 621

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 152
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ser beneciarios y aconsejará a la autoridad de aplicación en relación a su
aprobación o rechazo fundado. Tendrá asimismo a su cargo la coordinación
de las actividades del Programa y la asistencia a los organismos que en
él intervengan. Asimismo tendrá a su cargo la administración y control del
destino de los fondos que se asignen al presente Programa.-
Artículo 14°- El “PROGRAMA REDES”, tendrá una duración de cuatro
(4) años y será nanciado a través de un fondo que se conformara con
aportes del Gobierno Nacional y los provenientes de las Municipalidades,
Comunas, Organizaciones no gubernamentales y demás organismos pro-
vinciales, nacionales e internacionales, públicos o privados, de acuerdo
a las condiciones y en los términos que establezca la autoridad de apli-
cación. Las sumas de dinero que en concepto de reintegro efectúen los
beneciarios, de acuerdo a las previsiones del artículo 3°, se destinarán al
fondo para el nanciamiento del presente Programa.-
Artículo 15°- El Banco Provincia de Córdoba S.A será el organismo
recaudador de los reintegros que efectúen los beneciarios conforme las
condiciones que establezca la autoridad de Aplicación y será responsable
de aplicar las medidas necesarias tendientes a lograr un considerado re-
cupero de los créditos.-
Artículo 16°- FACULTASE al titular del Ministerio de Finanzas a reali-
zar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto
en el presente Decreto.-
Artículo 17°- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Desarrollo Social, de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, de
Finanzas y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 18°- PROTOCOLICESE, comuníquese, dése a la Dirección
General de Presupuesto e Inversiones Públicas, remítase a la Legislatura
Provincial, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RODRIGO RUFEIL, MINISTRO DE DE-
SARROLLO SOCIAL / JOSE GARCIA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA
Y OBRAS VIALES / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / DR.JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 621
Córdoba, 26 de mayo de 2016.
VISTO:
El expediente Nº 0424-061133/2016 del registro del Ministerio de Fi-
nanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita el otorgamiento de autori-
zación para viajar al señor Ministro de Finanzas como integrante de la de-
legación de la Provincia de Córdoba que participará en el “roadshow” que
contemplará la visita a los centros nancieros de las ciudades de Nueva
York, Boston y Los Angeles (Estados Unidos de Norteamérica), con motivo
de la emisión de Títulos de Deuda prevista en el marco de la Ley Nº 10340
y el Decreto Nº 140/16.
Que se hace presente que los gastos de pasajes y alojamiento serán a
cargo del Banco de la Provincia de Córdoba S.A., en su carácter de agente
organizador de la colocación de los referidos Títulos, por lo que resulta
pertinente liquidar solamente el pago de los viáticos que demandarán la
participación del Lic. Osvaldo Giordano en dicha delegación.
Que corresponde autorizar a la Dirección General de Coordinación
Operativa del Ministerio de Finanzas a librar los fondos pertinentes para
ser destinados a la atención de dichos viáticos, sujetos a rendición de
cuentas.
Que se ha acompañado la pertinente Nota de Pedido para hacer frente
a los gastos de que se trata, tomando como paridad cambiaria
U$S 1=$ 14,50.
Que resulta oportuno autorizar a dicha Dirección General a efectuar
los ajustes necesarios que, en más o en menos, se pudieran producir por
diferencia de cotización del Dólar Estadounidense al momento del efectivo
pago.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 1º de
la Ley Nº 6197, lo dispuesto por Decreto N° 1534/06, la Nota de Pedido Nº
2016/000380 realizada por el Departamento Presupuesto y Contable de la
Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas,
lo dictaminado por el Área Legales del mismo Ministerio al Nº 328/16 y por
Fiscalía de Estado en casos análogos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas, Lic. Osval-
do Eugenio GIORDANO (D.N.I. Nº 14.365.781), a viajar como integrante
de la delegación de la Provincia de Córdoba que participará en el “roads-
how” que contemplará la visita a los centros nancieros de las ciudades de
Nueva York, Boston y Los Angeles (Estados Unidos de Norteamérica), con
motivo de la emisión de Títulos de Deuda prevista en el marco de la Ley
Nº 10340 y el Decreto Nº 140/16, entre los días 28 de mayo de 2016 y 7 de
junio de 2016.
Artículo 2º AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Finanzas a anticipar los fondos necesarios para la atención
de los gastos de viáticos del viaje de que se trata, con oportuna rendición
de cuentas, por la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIEN-
TOS TREINTA ($ 51.330.-) y a efectuar los ajustes contables que pudieran
producirse por variación de cotización del Dólar Estadounidense.
Artículo 3º IMPÚTESE el egreso que demande el cumplimiento del lo
dispuesto en el Artículo anterior a Jurisdicción 115 - Ministerio de Finanzas
– Programa: 150-001, Partida: 3.08.02.00 “Viáticos” del P.V.
Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Finanzas y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 5º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINIS-
TRO DE FINANZAS / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

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