Decreto Nº 1.328

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición24 de Junio de 2009

DECRETO Nº 1.328

Mendoza, 24 de junio de 2009

Visto el Expediente Nro. 4291-C-2008-01071 y el Decreto Nº 839 de fecha 16 de abril de 2008, mediante el cual se delegó en el Contador General de la Provincia C.P.N. José Roberto Caviggia la facultad de suscribir los acuerdos individuales conforme lo establece el Artículo 5º del Decreto Nº 1757/07, ratificado por Ley Nº 7770 y modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 2º de la citada norma se aprobó el modelo del acuerdo individual a suscribir entre el Poder Ejecutivo, los Magistrados, miembros del Tribunal de Cuentas, Asesor de Gobierno y Fiscal de Estado a fin de que éstos reintegren sus obligaciones previsionales que cancele la Provincia;

Que se ha dado intervención previa a Contaduría General de la Provincia a fojas 5, del expediente citado;

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el acuerdo individual suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, representado por el Contador General de la Provincia, C.P.N. José Roberto Caviggia, en adelante «La Provincia», por una parte; y el Doctor Carrizo Julio Alberto C.U.I.L. Nº 20-08030995-4, en carácter de Magistrado, en adelante «El Beneficiario» por la otra; convienen en celebrar el presente acuerdo individual en los términos del artículo 5º del Decreto Nº 1757/07, ratificado por Ley Nº 7770 y modificatorias, ad referéndum del Poder Ejecutivo, el que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda.

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Adrián H. Cerroni

Mario Daniel Adaro

______

ANEXO

ACUERDO INDIVIDUAL

DECRETO Nº 839/08

LEY 7770 LEY 7854 (Anexo III)

Entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Contador General de la Provincia, C.P.N. José Roberto Caviggia, en adelante «La Provincia», por una parte; y el Dr/a Carrizo, Julio Alberto C.U.I.L...

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