Decreto n° 600

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 0007

DECRETO Nº 600

Mendoza, 29 de marzo de 2007

Visto el expediente Nº 1318-C-2007-00020, en el cual se tramita la ratificación del Convenio Marco Institucional de Pasantías Educativas de la Universidad Aconcagua, representada en ese acto por el Rector Dr. Osvaldo Caballero, en adelante La Universidad, con domicilio real y legal en calle Catamarca 147, Ciudad, Mendoza y la Provincia, representada en ese acto por el señor Secretario Administrativo, Legal y Técnico de la Gobernación, Dr. Jorge Luis Albarracín ¬ìAd referéndum¬î del Poder Ejecutivo, en adelante La Provincia, con domicilio especial en Peltier 351 -Ciudad, 4º Piso de la Casa de Gobierno - Barrio Cívico - Ciudad -Mendoza, celebrado el día 06 de marzo 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el citado convenio tiene como objeto desarrollar en el ámbito de la Gobernación el sistema de pasantías (SIPA), a través de la Facultad de Ciencias Sociales y Administrativas de la Universidad Aconcagua, en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional Nº 25165 y su modificatoria, Decreto Nacional Nº 1200/99 y Decreto-Acuerdo Nacional Nº 487/00;

Que la realización de las pasantías, para los estudiantes de la mencionada Universidad, en el Área de Ceremonial y Protocolo de la Gobernación, les permite complementar la especialidad teórica con la práctica y de esa forma adquirir experiencia en el ejercicio de la profesión;

Que conforme se ha advertido en el dictamen por Asesoría Legal de la Secretaría Administrativa, Legal y Técnica de la Gobernación a fs. 22 en el presente expediente, no se encontraría facultado para la firma de Convenios, configurando ello un acto viciado;

Que el vicio de competencia que se ha configurado en el acto administrativo de suscripción del Convenio debe ser considerado como leve (Arts. 57 y 73 de la Ley 3909) y por tanto susceptible de enmienda mediante ratificación por órgano competente (Art. 77, inc. b), Ley 3909). La enmienda, en tal caso tiene efectos retroactivos, saneando el vicio advertido en estas actuaciones;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese el Convenio Marco Institucional de Pasantías Educativas de la Universidad Aconcagua, representada en este acto por el Rector Dr. Osvaldo Caballero, en adelante La Universidad, con domicilio real y legal en calle Catamarca 147, Ciudad, Mendoza y la Provincia, representada en este acto por el señor Secretario Administrativo, Legal y Técnico de la Gobernación, Dr. Jorge...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR