Decreto N° 60

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DECRETO N.º 60/22
Buenos Aires, 16 de febrero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley Nº 6347), los Decretos Nros.
463/19 y modificatorios y 32/22, el Expediente Electrónico N° 06181286-GCABA-
DGTALMC/22 y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 32/22 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio de
Cultura, creándose bajo su órbita a la Dirección General Cultura y Derechos Humanos;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Cultura propicia la designación del señor
Daniel Oscar Mojico, DNI N° 31.422.168, CUIL 20-31422168-1, como Director General
de la Dirección General Cultura y Derechos Humanos del Ministerio de Cultura, a partir
del 1° de febrero de 2022;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º.-Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2022, al señor Daniel Oscar
Mojico, DNI N° 31.422.168, CUIL 20-31422168-1, como Director General de la
Dirección General Cultura y Derechos Humanos del Ministerio de Cultura.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa
y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Avogadro - Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6322 - 18/02/2022

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