Decreto N° 177/09
Firmantes | Macri-Rodriguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 10 de Marzo de 2009 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 177/ 09
FACULTA A LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES -COPINE - ADAPTAR EN CASO NECESARIO EL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES Y EL MODELO DE CONVENIO DE CAPACITACIÓN
Buenos Aires, 10/03/2009
VISTO: El Decreto N° 697/08 y su modificatorio N° 1.006/08 y el Expediente N°
12.633/09, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 697/08, modificado por Decreto N° 1.006/08, se creó en el ámbito de la Vicejefatura de Gobierno el “Programa de Capacitación Laboral para
Personas con Necesidades Especiales”, con el objeto de promover la formación de los
postulantes con Necesidades Especiales creado por Ley N° 1.502, que tengan
domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que deseen incorporarse al
mismo;
Que el citado decreto aprobó el Reglamento del Programa y el modelo de Convenio de Capacitación;
Que asimismo, se designó como Autoridad de Aplicación del Programa a la Comisión
para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales
(COPINE) y se delegó en la Presidenta de la Comisión la facultad de suscribir los
convenios cuyo modelo se aprobara por dicha norma;
Que es objetivo del Gobierno que el programa creado por el Decreto N° 697/08,
modificado por Decreto N° 1.006/08, fomente la mayor participación de la población
con necesidades especiales;
Que en virtud de ello, y dada la diversidad de población con necesidades especiales que pudiere participar en el programa de capacitación laboral resulta prioritario crear un convenio que sea adaptable y adecuado a la problemática que pudieren presentar los inscriptos;
Que atento la dinámica del programa y a fin de facilitar su efectiva aplicación en cada caso, resulta oportuno facultar a la Presidenta de la Comisión para la Plena
participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales a adaptar el
Reglamento del Programa y el modelo de Convenio de capacitación aprobados por las
normas antes mencionadas.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba