Decreto N° 177/09

FirmantesMacri-Rodriguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 177/ 09

FACULTA A LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES -COPINE - ADAPTAR EN CASO NECESARIO EL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES Y EL MODELO DE CONVENIO DE CAPACITACIÓN

Buenos Aires, 10/03/2009

VISTO: El Decreto N° 697/08 y su modificatorio N° 1.006/08 y el Expediente N°

12.633/09, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 697/08, modificado por Decreto N° 1.006/08, se creó en el ámbito de la Vicejefatura de Gobierno el “Programa de Capacitación Laboral para

Personas con Necesidades Especiales”, con el objeto de promover la formación de los

postulantes con Necesidades Especiales creado por Ley N° 1.502, que tengan

domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que deseen incorporarse al

mismo;

Que el citado decreto aprobó el Reglamento del Programa y el modelo de Convenio de Capacitación;

Que asimismo, se designó como Autoridad de Aplicación del Programa a la Comisión

para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales

(COPINE) y se delegó en la Presidenta de la Comisión la facultad de suscribir los

convenios cuyo modelo se aprobara por dicha norma;

Que es objetivo del Gobierno que el programa creado por el Decreto N° 697/08,

modificado por Decreto N° 1.006/08, fomente la mayor participación de la población

con necesidades especiales;

Que en virtud de ello, y dada la diversidad de población con necesidades especiales que pudiere participar en el programa de capacitación laboral resulta prioritario crear un convenio que sea adaptable y adecuado a la problemática que pudieren presentar los inscriptos;

Que atento la dinámica del programa y a fin de facilitar su efectiva aplicación en cada caso, resulta oportuno facultar a la Presidenta de la Comisión para la Plena

participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales a adaptar el

Reglamento del Programa y el modelo de Convenio de capacitación aprobados por las

normas antes mencionadas.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA...

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