Decreto N° 566

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2015
CÓRDOBA, 16 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 111 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 111
CORDOBA, (R.A.), MARTES 16 DE JUNIO DE 2015
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Implementan acompañamiento
pedagógico FinEs (Tec)
PODER
EJECUTIVO
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Resolución N° 150
Córdoba, 30 de marzo de 2015
VISTO: las acciones planificadas para favorecer la culminación
de carreras técnicas de nivel secundario en el marco de la
estrategia federal de acompañamiento pedagógico a los
estudiantes con materias pendientes de la Educación Técnico
Profesional de nivel secundario Fin Es (Tec) a partir del ciclo
lectivo 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de
Educación Técnico – Profesional N° 26.058 y la Ley de
Financiamiento Educativo N° 26.075, generan condiciones
institucionales para el desarrollo de la Política Educativa.
Que el Ministerio de Educación de la Nación implementa el Plan
FinEs (Tec) como respuesta al sistema que las leyes vigentes
nacionales prescriben.
establece que el Ministerio de Educación de la Nación deberá
implementar programas a término para garantizar el
cumplimiento de la obligatoriedad educativa de todas las
personas mayores de dieciocho (18) años.
Que por Resolución N° 208/13 del Consejo Federal de
Educación, se aprueba la Estrategia Federal de
acompañamiento pedagógico a los estudiantes con materias
pendientes de la Educación Técnica Profesional de nivel
secundario, en que se plantea la necesidad de brindar
oportunidades a estudiantes de la modalidad técnico
profesional para preparar y rendir las materias que aún tienen
pendientes, contemplando los procesos y entornos formativos
para que adquieran las capacidades profesionales.
Que son propósitos del Plan Fines (Tec): a) Brindar el
acompañamiento pedagógico que conduzca a la finalización de
estudios de la educación técnica de nivel secundario para los
estudiantes con materias pendientes de aprobación propias de
la modalidad, garantizando el cumplimiento de los principios de
equidad y calidad de la política educativa general y de la
normativa específica que regula a la Educación Técnico
Profesional; b) Establecer criterios acordados federalmente para
la presentación e implementación de los Planes de Mejora
Jurisdiccionales del Campo Programático “Igualdad de
Oportunidades”; c) Propiciar el diálogo con representantes
clave del sector socio-productivo y profesional a fin de
garantizar el reconocimiento y apoyo al proceso de
acompañamiento y preparación de los estudiantes de las
escuelas técnicas con materias pendientes de aprobación;
d) Impulsar el diseño y desarrollo de estrategias didácticas
innovadoras y de calidad, orientadas a acompañar el
proceso de preparación y evaluación de las materias
pendientes propias de la modalidad; e) Orientar a los jóvenes
para la preparación y cursado de materias del campo de la
formación ética, ciudadana y humanística general a través
del Plan FinEs; f) Desarrollar mecanismos para obtener
información que posibilite el seguimiento y monitoreo del
desarrollo e impacto de la estrategia federal.
Que por Resolución Ministerial N° 485/08 y sus ampliatorias
Nros. 334/09, 157/10, 107/11, 224/12, 300/13, y 105/14,
se aprueba la implementación del Plan FinEs en todo el
ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que es necesario abordar las problemáticas de
acompañamiento pedagógico de las materias específicas de
la educación técnica, destinado a estudiantes que cursaron
el último año en una escuela técnica y que, habiendo
transcurrido como mínimo un ciclo lectivo, aún tienen materias
pendientes de aprobación, especialmente las
correspondientes a los campos de formación científico-
tecnológica, formación técnica específica y/o prácticas
profesionalizantes.
Que el FinEs (Tec) es un Plan específico y a término, con
carácter excepcional.
Por ello, y en uso de atribuciones conferidas por la Ley N°
10185,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1° - IMPLEMENTAR la estrategia de acompañamiento
pedagógico para los estudiantes con materias pendientes de la
Educación Técnico Profesional de nivel secundario FinEs (Tec),
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
Decreto N° 566
Córdoba, 5 de junio de 2015
VISTO: El sistema de procurador fiscal para la gestión del
cobro de los tributos provinciales impagos, multas por infracción
a las leyes impositivas, sus recargos por mora, intereses y
accesorios.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario en esta instancia, a los fines de contribuir
a la eficiencia d e la gestión de cobro judicial y extrajudicial
mencionada designar procuradores fiscales de la
Dirección General de Rentas que se encarguen de dicha
función.
Que el procurador fiscal que se designa por el presente
instrumento legal cumple con los requisitos y condiciones
que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo
constituir legajos que acrediten los mismos y otorgar la
fianza respectiva.
Por ello, atento lo dispuesto por el artículo 144 de la
Constitución Provincial y lo dictaminado por Fiscalía de
Estado para casos análogos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º DESÍGNASE Procurador Fiscal de la Dirección
General de Rentas de la Provincia de Córdoba para el
Departamento Unión al abogado Edgar Roberto BISCHEL (DNI
17.522.420).
Artículo 2º El Procurador Fiscal designado en el Artículo
precedente comenzará a ejercer la representación del Fisco
de la Provincia de Córdoba en el departamento Capital una vez
completado el legajo y constituida la fianza respectiva.
Artículo 3° AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas
para que verifique el cumplimiento del otorgamiento de la fianza
correspondiente y proceda a su respectiva aceptación.
Artículo 4° La designación dispuesta en el presente Decreto
no demandará egreso alguno, atento las condiciones
establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5° El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6° PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
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