Decreto N° 549 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Junio de 2021
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2021
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 124
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.arSUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10757
Artículo 1º.- Modicase el radio municipal de la localidad de Manfredi,
ubicada en el Departamento Río Segundo de la Provincia de Córdoba, de
conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102.
Artículo 2º.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada
uno de los lados que conforman el polígono del Radio Municipal de
la localidad de Manfredi, como así también los valores de las coor-
denadas georreferenciadas de los cincuenta y cuatro (54) vértices
que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica
confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Direc-
ción General de Catastro según informe técnico 6/2020 de fecha 20
de noviembre de 2020 que, en una foja, forma parte integrante de
la presente Ley como Anexo I.
Artículo 3º.- El polígono que dene el Radio Municipal de la localidad
de Manfredi ocupa una supercie total de dos mil doscientas noventa y sie-
te hectáreas con nueve mil novecientos noventa y tres metros cuadrados
(2.297 ha, 9.993,00 m2).
Artículo 4º.- Los puntos jos amojonados son:
a) Punto Fijo Nº 1, de coordenadas X=6480322,75 e Y=4431145,67;
b) Punto Fijo Nº 2, de coordenadas X=6477084,03 e Y=4429289,91, y
c) IGN PF91N32, de coordenadas X=6476850,33 e Y=4429737,16.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN CÓRDOBA, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO.
FDO.: GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO - OSCAR FÉLIX
GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO
PODER EJECUTIVO
Ley N° 10757 ........................................................................Pag. 1
Decreto N° 549 .....................................................................Pag. 1
Ley N° 10758 ........................................................................Pag. 2
Decreto N° 548 .....................................................................Pag. 2
MINISTERIO DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR
Resolución N° 411 ................................................................Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 7 ....................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 4 ....................................................................Pag. 4
Resolución N° 5 ....................................................................Pag. 6
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Resolución N° 166 ................................................................Pag. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA GENERAL
Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 1 ....................................................................Pag. 9
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N° 13 ..................................................................Pag. 10
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1704 - Serie “A” ........................Pag. 11
Decreto N° 549
Córdoba, 04 de junio de 2021.
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.757, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - FACUNDO TORRES LIMA, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

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