Decreto n° 532
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 4 de Mayo de 0006 |
DECRETO Nº 532
Mendoza, 10 de abril de 2006.
Visto el expediente Nº 78.355-R-04-00240, su incorporado Nº 55.786-A-87-00240, y su acumulado Nº 5677-A-89-00240, en el primero de los cuales la señora Marta del Carmen Ramirez solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Emilio Ricardo Alcaraz, y
CONSIDERANDO:
Que el deceso del causante se produjo el día 12 de enero de 2004, según fotocopia del Acta de Defunción agregada a fs. 49 del expediente Nº 78.355-R-04-00240, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución Nº 1107/89 de la ex - Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia -actual Oficina Técnica Previsional-, obrante a fs. 15 y vta. del citado expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.
Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del Acta de Matrimonio obrante a fs. 51 del expediente Nº 78.355-R-04-00240.
Que a fs. 54 del expediente Nº 78.355-R-04-00240 se encuentran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, debiéndose dejar pendiente la parte proporcional que le pudiere corresponder a un hijo según lo solicitado a fs. 52, encontrándose a fs. 56 vta. del mencionado expediente la constancia de la publicación de los edictos citatorios de ley.
Que según lo dictaminado por la Asesoría Letrada del ex-Ministerio de Justicia y Seguridad, actual Ministerio de Seguridad, y Fiscalía de Estado a fs. 64 y 66 respectivamente, del expediente Nº 78.355-R-04-00240, es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Marta del Carmen Ramirez, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18 del Decreto-Ley Nº 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24 de la Ley Nº 3794 y modificaciones.
Que según lo establece la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 90 del expediente Nº 78.355-R-04-00240 consta el correspondiente visado da la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y a fs. 91 del citado expediente obra la intervención de la Oficina Técnica previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.
Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de...
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