Decreto N° 524

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 211 CÓRDOBA, 3 de diciembre de 20142
Decreto N° 669 Córdoba, 23 Junio de 2014.
VISTO: el Expediente Nº 0047-000891/2012/R3 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución Nº 293/2014, la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la segunda
Variación de Costos correspondiente al mes de enero de 2014,
de la obra: "EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARA
CIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se
determinen para la realización DEL PLAN INTEGRAL DE
REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLE CIMIENTOS
ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba - Año 2013/
2014 - ZONA C - Provincia de Córdoba", suscripta con fecha 27
de febrero de 2014, entre el Director General de Arquitectura y
el Socio Gerente de la Empresa ESCALA CONSTRUCCIONES
S.R.L., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos
y lo establecido por el artículo 28 del Pliego Particular de
Condiciones.
Que mediante Decreto N° 591 de fecha 20 de mayo de 2013
se adjudicó la obra principal a la Empresa ESCALA
CONSTRUCCIONES S.R.L., suscribiéndose el día 25 de julio
de 2013 el contrato correspondiente y labrándose el Acta de
Replanteo de la obra el 15 de octubre de 2013.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que obra en autos copia autenticada del Decreto N° 176 de
fecha 26 de febrero de 2014 por el cual se aprueba Acta Acuerdo
por Reconocimiento de la primera Variación de Costos.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que al mes de enero de 2014 la obra contaba
con un avance del 35,07% y que no se ha confeccionado
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta a favor de la
contratista.
Que la Sección Estudios de Costos de la Dirección General de
Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge que,
atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto N°
1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo dispuesto
por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir del mes de enero
de 2014 se verificó un porcentaje de variación de costos del
7,84%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 7,06%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior de dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la primera redeterminación
(julio de 2013), lo que implica reconocer a la contratista por ese
concepto la suma de $ 267.351,42, habiéndose deducido el
10% de utilidad invariable, ascendiendo el presupuesto de
obra redeterminado a enero de 2014 a la suma de $ 6.101.893,64.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuesto
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010,
lo dispuesto por Fiscalía de Estado en Circular Nº 001/13 y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de
variación de costos correspondiente al mes de enero de 2014.
Que se agrega Documento de Contabilidad-Nota de Pedido
N° 2014/000469 que certifica la reserva presupuestaria para
atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo prescripto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/10,
modificatorio de su similar 1133/10, lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 201/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N°000394/14 y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la segunda Variación de Costos
correspondiente al mes de enero de 2014, por trabajos faltantes
de ejecutar en la obra: "EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE
REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportuna
mente se determinen para la realización DEL PLAN INTEGRAL
DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS
ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba - Año 2013/
2014 - ZONA C - Provincia de Córdoba" por la suma de Pesos
Doscientos Sesenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Uno con
Cuarenta y Dos Centavos ($ 267.351,42), suscripta con fecha
27 de febrero del 2014 entre el Director General de Arquitectura,
Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte, y el
Socio Gerente de la Empresa ESCALA CONSTRUCCIONES
S.R.L., contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I
compuesto de CUATRO (4) fojas útiles, se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Doscientos Sesenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta
y Uno con Cuarenta y Dos Centavos ($ 267.351,42), a
Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del
P.V., conforme lo indica la Dirección General de Administración
del Ministerio de Infraestructura en su Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido) Nº 2014/000469.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por redeter
minación de precio, debiendo la Empresa ESCALA
CONSTRUCCIONES S.R.L., integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE,comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Dujw3s
Decreto N° 524 Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: el expediente Nº 0047-015384/2010/R8 y su anexado
N° 0047-015384/2010/R10 del registro del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución N° 113/2014, la aprobación del Acta Acuerdo y
su Acta Rectificatoria de la tercera y cuarta Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos
faltantes de ejecutar en la Obra: " CONSTRUCCION NUEVO
EDIFICIO PARA EL INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE
UBICADO EN CALLE AGUSTÍN GARZÓN N° 1600 - B° SAN
VICENTE - CÓRDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL -
PROVINCIA DE CÓRDOBA", suscriptas con fecha 13 de abril
de 2012 y 12 de febrero de 2014, respectivamente, entre el
Director General de Arquitectura y el Representante Legal de la
Empresa INGENIERA S.R.L. e INGENIEROS ROBERTO Y
CARLOS TRUJILLO S.R.L. - U.T.E., contratista de la obra.
Que asimismo la citada Dirección propicia mediante
Resoluciones Nros. 165/2014 y 159/2014, la aprobación de las
Actas Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la quinta y sexta Variación de Costos correspondiente a los
meses de febrero y julio de 2013, de los trabajos faltantes de
ejecutar en la Obra de referencia; suscriptas con fecha 13 y 14
de febrero de 2014, respectivamente, entre las partes ut supra
mencionadas.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 123/10, modificatorio
de su similar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución N° 013/
11 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme Artículo
21° del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que por Decreto N° 305/2011 se formalizó contratación directa
para la obra de referencia con la empresa INGENIERIA S.R.L.
e INGENIEROS ROBERTO Y CARLOS TRUJILLO S.R.l. -
U.T.E., suscribiéndose el pertinente contrato con fecha 16 de
mayo de 2011; efectuándose el Replanteo de la Obra el 15 de
Julio de 2011; en tanto por Resolución N° 400/2013 de la
Dirección General de Arquitectura se amplió el plazo de ejecución
de la misma hasta el día 01 de diciembre de 2013.
Que mediante Decretos N° 568/2012 y 1716/2012 - rectificado
por Decreto N° 1516/2013 - se aprobaron las Actas Acuerdo de
Redeterminación de Precios por reconocimiento de la primera y
segunda variación de costos y su rectificatorias.
Que la División Certificaciones Extraordinario de Pago a Cuenta
a favor de la contratista, con fecha 3 de Agosto de 2011.
Que la Sección Estudio de Costos de la referida Dirección
General manifiesta en relación a la tercera y cuarta variación de
costo, que, habiéndose observado errores en los cálculos
efectuados en ocasión de la segunda Redeterminación de Precios,
y en virtud que ello afecta a las vaciaciones subsiguientes, se
procedió a rectificar los cálculos mediante Acta correspondiente,
para los saltos de que se trata, expresando que al mes de febrero
de 2012 se ha verificado un incremento de 12,40% en el
presupuesto de la obra, habiéndose ejecutado un 36,55%, lo
cual implica un monto a imputar de $ 1.245.426,67; por otra
parte, al mes de julio de 2012 se produjo una variación de
11,4872% habiéndose ejecutado un 49,33% de la obra, lo que
resulta en un monto a imputar de $ 1.001.493,37; dichos importes
son el resultado de aplicar los incrementos citados al monto ac-
tual faltante de ejecutar al de cada salto,deducido el 10% de
Utilidad Invariable más el 20% perteneciente al Certificado
Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que asimismo se constato una quinta y una sexta variación de
costos, informando la mencionada Sección de estudio de Costos
que al mes de febrero de 2013 se ha verificado un incremento
del 7;19% en el presupuesto de la obra, habiéndose ejecutado
un 53,61%, lo cual implica un monto a imputar de $ 619.944,14;
por otra parte, al mes de Julio de 2013 se produjo una variación
de 14,33% , habiéndose ejecutado un 58,59% de la obra , lo
que resulta en un monto a imputar de $ 1.158.511,78; resultando
dichos importes de aplicar los incrementos citados al monto con-
tractual faltante de ejecutar al mes de cada salto, deducido el
10% de Utilidad Invariable más el 20% perteneciente al Certificado
Extraordinario apuntando; ascendiendo así, el nuevo
Presupuesto de la obra redeterminado a la suma de $
26.611.984,04.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del Artículo 16
del régimen de que se trata.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°1133/2010,
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la predeterminación
del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista las
Actas Acuerdo de predeterminación de precio por reconocimiento
de la tercera, cuarta, quinta y sexta variación de costos.
Que se agregan Documentos Contables - Notas de Pedidos
Nros.: 2014/000083/000084 y 000085, que certifican la reserva
presupuestaria para atender la erogación que los gestionado
implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,

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