Decreto N° 506 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Junio de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 113
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 3 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
de que se trata) e inscripto en la Matrícula N° 765.280, lote A, expresando
que la mencionada proporción del inmueble referido fue legada a la señora
Elda María Clotilde Guglielmetti Viera, cuyo fallecimiento ocurrido el día 10
de mayo de 1997 –con anterioridad a la testadora- produjo la caducidad del
legado, como se maniesta en el párrafo precedente.
Que asimismo, se amplía la anza ofrecida, proponiendo un lote de terreno
de su propiedad ubicado en pedanía Sacanta, Departamento San Justo, ins-
cripto en el Registro General de la Provincia a la Matrícula N° 166.665, empa-
dronado en la Dirección General de Rentas en cuenta N° 300602417216. Se-
guidamente, en su respaldo, se acompaña, en vinculación con el bien vacante
(19% del inmueble sito en la ciudad de Villa Allende), copia del antecedente
dominial N° 23.189, Folio N° 32.269, Año 1979, constancias de la Dirección
General de Rentas -años 2020 y 2021-, de las cuales surge la Base Imponible,
y copia de la Matrícula N° 765.280 (13-01) -Colón-.
Que a su turno, luce intervención del Área Patrimonial de la Contaduría
General de la Provincia, aconsejando, mediante informe N° 14-057/2021, en
vista de la documentación incorporada (en especial, el testamento de la cau-
sante), se acepte la denuncia de herencia vacante formulada, comprensiva
del 25% sobre el inmueble denominado “El Carrizal”, del 25% de la existencia
de moneda extranjera (dólares), dinero en efectivo y depósitos bancarios
al momento del fallecimiento –conforme inventario, legado caduco en favor
del señor José Arnaldo Maza Genaro-, del 19% sobre el inmueble ubicado
en calle Deán Funes N° 854 de la ciudad de Villa Allende y del 19% de la
totalidad de alhajas que pertenecieron a la testadora –conforme inventario,
legado caduco en favor de la señora Elda María Clotilde Guglielmetti Viera-;
sugiriendo, además, se proceda a aceptar la anza ofrecida al efecto.
Que nalmente, el titular de la cartera intrviniente concede su visto
bueno a lo propiciado.
Que de las constancias de autos, se verica que se ha dado acabado
cumplimiento a los requisitos impuestos por el Decreto N° 23.587/B/1942
para la aceptación de la denuncia de herencia vacante formulada, toda vez
que se ha acreditado el fallecimiento de la señora Élida Raquel Taglioretti,
titular de los bienes relictos (objeto del testamento), y el deceso previo de
los legatarios José Arnaldo Maza Genaro y Elda María Clotilde Guglielmetti
Viera, habiéndose ofrecido anza real en debida forma; motivo por el cual
la aceptación de la denuncia en cuestión resulta procedente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N°
636/2021, por Fiscalía de Estado bajo N° 204/2022 y en uso de atribucio-
nes constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: ACÉPTASE la denuncia de Herencia Vacante formulada
por el señor Pablo César MAZA, D.N.I. Nº 25.367.022, en relación a los
bienes quedados al fallecimiento de la señora Elida Raquel TAGLIORET-
TI, D.N.I. N° 1.915.452, consistente en: 1) El veinticinco por ciento (25%)
indiviso sobre el inmueble denominado “El Carrizal”, con supercie total
de cuatrocientas sesenta y dos (462) hectáreas, ubicado en Pedanía Vi-
lla del Rosario, Departamento Río Segundo, Provincia de Córdoba (Ruta
Provincial 13, Km. 47,5), que consta de tres fracciones a saber: a) una
de 323 ha, 7.874 m2; b) otra de 107 ha, 37 a, 19 ca; y c) otra de 1 ha,
6395 m2, empadronadas en Dirección General de Rentas como Cuentas
Nº 270309777961, 270302694912 y 270311255981, respectivamente, ins-
cripto en el Folio N° 29.832, Año 1980 del Registro General de la Provincia;
un veinticinco por ciento (25%) de la existencia moneda-dólares- dinero en
efectivo y depósitos bancarios al momento del fallecimiento de la causante,
conforme inventario a realizarse (legado caduco, en favor del señor José
Arnaldo Maza Genaro); un diecinueve por ciento (19%) indiviso sobre el in-
mueble ubicado en calle Deán Funes Nº 854 de la Ciudad de Villa Allende,
Departamento Colón, Provincia de Córdoba, empadronado en la Cuenta
Nº 130119471487, e inscripto en el Registro General de la Provincia a la
Matrícula Nº 765.280 (13-01), que se designa como el lote A de la manzana
60, con una supercie de 519,80 m2; un diecinueve por ciento (19%) de
la totalidad de las alhajas que fueran propiedad de la causante, conforme
inventario a realizarse (legado caduco, en favor de la señora Elda María
Clotilde Guglielmetti Viera).
Artículo 2º: ACÉPTASE la anza ofrecida por el señor Pablo César
MAZA, D.N.I. N° 25.367.022, consistente en dos inmuebles de su propie-
dad inscriptos en el Registro General de la Provincia en las Matrículas N°
184.692 (25-01) -Río Primero- (Cuenta N° 250201270355) y Nº 166.665
(30-06) -San Justo-, (Cuenta N° 300602417216), debiendo procederse
conforme los artículos 16, 18 y 21 del Decreto N° 25.387/B/1942.
Artículo 3º: INSTRÚYESE a la Procuración del Tesoro, dependien-
te de la Fiscalía de Estado, a tomar participación en la causa caratulada
“Taglioretti, Elida Raquel -Protocolización de testamento”- Expediente N°
5596479, así como a iniciar las acciones judiciales que fueren menester,
en resguardo de los intereses de la Provincia.
Artículo 4º: ORDÉNASE a la Dirección General de Catastro y al Re-
gistro General de la Provincia, la colocación de Nota de Prevención en los
asientos dominiales de los bienes vacantes, a efectos de impedir cualquier
operación referida a los inmuebles denunciados, advirtiendo que, en caso
de producirse, se informará a la Contaduría General de la Provincia.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 506
Córdoba, 13 de mayo de 2022
VISTO: El expediente Nº 0746-000423/2022 del Registro de la Secretaría
de Financiamiento del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 10.583 se aprobó el Convenio suscripto entre la Provin-
cia de Córdoba y la Provincia de Santa Fe, cuyo objeto es llevar adelante
tareas conjuntas y coordinadas para la elaboración del proyecto y posterior

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