Decreto N° 5022

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2016

DECRETO N° 5022

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

29 DIC 2016

VISTO:

El Expediente N° 00501-0152564-1 con agregados Nros. 00501-0134973-1, 00501-0134978-6, 00501-0134995-9, 00501-0134996-0, 00501-0134994-8 y 00501-0134976-4 del S.I.E. -Ministerio de Salud-, mediante los cuales se tramita la reglamentación de la Ley N° 13.397 -Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas o en Lista de Espera; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 13.397 promulgada en fecha 07/01/2014, tiene por objeto instituir un Sistema de Protección Integral para las Personas Trasplantadas o que se encuentran en Lista de Espera para ser Trasplantadas, conforme lo dispuesto en la misma, a fin de tutelar el ejercicio de sus derechos en condiciones de equidad y su integración laboral, educativa, social y familiar;

Que serán beneficiarios de dicho sistema toda persona con domicilio constituido y residencia permanente en la Provincia de Santa Fe, y que, conforme lo dispuesto por la Ley Nacional N° 24193, sus modificatorias y complementarias y por la Ley Provincial N° 11264; haya sido trasplantada o tenga indicación médica de trasplante y se halle inscripta en lista de espera del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI);

Que el Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación de esta Ley, sin perjuicio de la competencia de otros organismos provinciales involucrados, y contará para el ejercicio de sus funciones, contará con el asesoramiento del Centro Único de Donación, Ablación e Implante de Órganos de la Provincia (CUDAI0);

Que a efectos de hacer operativa la referida Ley N° 13397, corresponde precisar el alcance interpretativo de su texto, en virtud de las facultades reglamentarias que le asisten a este Poder Ejecutivo Provincial;

Que para la elaboración del presente proyecto han sido consultadas las áreas jurisdiccionales con competencia y/o atribuciones en el desarrollo o efectiva instrumentación de los derechos que se consagran por la mencionada Ley, habiendo opinado al respecto cada una de ellas como obra en actuaciones acumuladas al Expediente de referencia;

Que, además, en la confección del proyecto participaron activamente grupos de personas trasplantadas, efectuando aportes contenidos en el presente, en cuanto a modalidades y operatividad de derechos expresamente reconocidos;

Que mediante Decreto N° 4191 del 1 de diciembre de 2016 se ha procedido a reglamentar el artículo 11° de la Ley N° 13397; estimándose procedente, en esta instancia la derogación de dicha norma legal, por cuestiones de estricta técnica legislativa;

Que se ha expedido al respecto la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud mediante Dictamen N° 1051/16 (fs. 70/71), no formulando objeciones a la presente gestión;

Que, asimismo, ha tomado la intervención de su competencia Fiscalía de Estado conforme...

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