Decreto N° 480

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2015
CÓRDOBA, 2 de Julio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 124 Primera Sección 7
Decreto N° 640 Córdoba, 17 de Junio de 2015
VISTO: el expediente N° 0045-017133/2014 del Registro de
la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propone
por Resolución Nº 342/2015 se autorice el llamado a Licitación
Pública para la contratación de la obra: “REHABILITACIÓN DE
RUTA PROVINCIAL N° 3 – TRAMO: SAN ANTONIO DEL LITÍN
– CINTRA - AUTOPISTA”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a
la suma de $ 189.856.849,02.
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la
correspondiente documentación base del llamado, como
asimismo su Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de las
disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77,
Reglamentario de la Ley de Obras Públicas y artículo 2º del
Pliego General de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 4758/
77.
Que se acompaña Memoria Descriptiva, Pliego Particular de
Condiciones con sus anexos, Pliego Particular de Especificaciones
Técnicas, Cómputo Métrico y Presupuesto Oficial referidos a la
obra de que se trata.
Que se ha realizado la afectación preventiva del gasto de
conformidad con el Documento Contable-Nota de Pedido N°
2015/001090 incorporado en autos; glosándose asimismo Nota
de Pedido N° 2015/001150 para afrontar los gastos
correspondientes a la publicidad.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto
por la Ley N° 5901, t.o. Ley N° 6300 y sus modificatorias, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Infraestructura con el N° 288/2015; por
Fiscalía de Estado bajo el N° 458/2015 , y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública
para la contratación de la obra:“REHABILITACIÓN DE RUTA
PROVINCIAL N° 3 – TRAMO: SAN ANTONIO DEL LITÍN –
CINTRA - AUTOPISTA”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la
suma de Pesos Ciento Ochenta y Nueve Millones Ochocientos
Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve con Dos
Centavos ($ 189.856.849,02).
Artículo 2º. - IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Ciento Ochenta y Nueve Millones Ochocientos
Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve con Dos
Centavos ($ 189.856.849,02), de acuerdo al siguiente detalle: la
suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000,00) con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 527-000, Partida 12.06.00.00, del
P.V. y la suma de Pesos Ciento Ochenta y Ocho Millones
Ochocientos Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve
con Dos Centavos ($ 188.856.849,02), a Importe Futuro,
conforme lo indica el Departamento Administración y Personal
de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de
Contabilidad - Nota de Pedido N° 2015/001090.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la Dirección Provincial de Vialidad,
para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública, en los
términos que técnicamente estime conveniente, debiendo
asimismo determinar lugar y hora de apertura de sobres.
Artículo 4º.- IMPÚTANSE los gastos que demande la
publicidad que ascienden a la suma de Pesos Diez Mil
Trescientos Ochenta y Siete ($ 10.387), con cargo a Jurisdicción
1.50, Programa 504-001, Partida 3.09.03.00 del P.V., conforme
lo indica el Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, en su Documento de
Contabilidad -Nota de Pedido Nº 2015/001150.
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura a sus efectos y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 480 Córdoba, 21 de Mayo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-016437/2013 (Cuerpos 1 al 12)
del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00863/2014 se apruebe la Modificación de
Obra Nº 1, correspondiente a la obra: “REHABILITACIÓN RUTA
PROVINCIAL A-102 – CAMINO A 60 CUADRAS –
DEPARTAMENTO CAPITAL”, a cargo de la empresa A.R.C. S.R.L.
– CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. – U.T.E.
Que obra en autos Decreto N° 842 de fecha 16 de julio de 2013
por el cual se adjudicaron los trabajos de referencia a la empresa
mencionada.
Que consta en autos Memoria Descriptiva, Pliego Particular de
Condiciones Nº 1, Pliego Complementario de Especificaciones
Técnicas Nº 1, Cómputo Métrico y Presupuesto, Planilla Comparativa
de Modificación de Obra N° 1, Análisis de Precios Unitarios y
conformidad de la Contratista sobre los aumentos y creación de
nuevos ítems, y la renuncia a todo gasto improductivo que pudiere
generarse como consecuencia de la instrumentación y tramitación
de la presente modificación de obra.
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos dependiente
de la Dirección Provincial de Vialidad (D.P.V.), produce informe
técnico sobre los aumentos y disminuciones de ítems originados por
la reformulación del proyecto, cuya planilla comparativa arroja una
diferencia de más de $ 13.438.408,79, representando un incre-
mento del 29,50% del monto contractual.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable- Nota de Pedido N° 2015/000207, en cumplimiento a lo
establecido por el artículo 13 de la Ley N° 8614, así como el
Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el
Registro de Constructores de Obras ( artículo 7 del Decreto N° 8/
98 y Resolución N° 002/99 del entonces Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo
dispuesto por el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas N° 8614,
lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del
Ministerio de Infraestructura con el N° 818/2014, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 000183/2015, y en uso de sus atribuciones
constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1,
correspondiente a los trabajos de: “REHABILITACIÓN RUTA PRO-
VINCIAL A-102 – CAMINO A 60 CUADRAS – DEPARTAMENTO
CAPITAL”, y consecuentemente ADJUDÍCASE la ejecución de los
mismos a la empresa A.R.C. S.R.L. – CONSTRUCTORES
ASOCIADOS S.A. – U.T.E., contratista de la obra principal, conforme
Planilla que como Anexo I, compuesta de dos (2) fojas, integra el
presente Decreto, por la suma de Pesos Trece Millones
Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Ocho con Setenta
y Nueve Centavos ($ 13.438.408,79), significando una incidencia
en más del 29,50% con respecto a valores del contrato original,
estableciéndose un plazo de ejecución de ciento ochenta (180)
días, llevando la nueva fecha de terminación del contrato al 27 de
noviembre de 2015.
Artículo 2º.- APRUÉBASE el nuevo Proyecto Planialtimétrico
de la Ruta Provincial A-102 – Tramo: Colectora Avenida
Circunvalación – calle Muñecas.
Artículo 3º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por
la empresa A.R.C. S.R.L. – CONSTRUCTORES ASOCIADOS
S.A. – U.T.E., sobre los aumentos y creación de nuevos ítems, y la
renuncia a todo gasto improductivo que pudiere generarse como
consecuencia de la instrumentación y tramitación de la presente
modificación de obra.
Artículo 4º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de
Pesos Trece Millones Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos
Ocho con Setenta y Nueve Centavos ($ 13.438.408,79), conforme
lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2015/
000207, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 527-000, Partidas
12.06.00.00 del PV.
Artículo 5º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra,
previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos
legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la garantía de
fiel cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato
principal y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de
Contrato por Modificación de Obra.
Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 7º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial
de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, al Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/y8qM60
Decreto N° 348 Córdoba, 4 de mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-104123/2011 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0504/14 emanada de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se
dispuso ad referendum de la Superioridad, la recategorización de
la Escuela de Nivel Inicial “JUSTO JOSÉ DE URQUIZA” de Capi-
tal, y la promoción de la docente Griselda Mabel CLEMENTI.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión
se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que
la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por las Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto-Ley N° 1910/E/57 y su Reglamentario N°
3999/E/67, Decretos Nros 41009/A/38 y 925/02, y Resolución N°
46/01 del Ministerio de Educación, encontrándose tales
determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en
la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa
legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos
por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en
esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 0101/2015 y

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