Decreto Nº 126/GCABA/13

FirmantesMACRI - Reybaud - Grindetti a/c
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Abril de 2013

VISTO:

El Expediente N° 221890/2013, y

CONSIDERANDO:

Que según surge de los presentes actuados, el Dr. Luís Esteban Somaruga, D.N.I.

11.224.268, CUIL. 20-11224268-7, legajo personal 347.248, presentó su renuncia al

cargo de Director Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital "Bernardino

Rivadavia", del Ministerio de Salud;

Que por otra parte, el citado Ministerio propicia la designación en dicho cargo, del Dr.

Eduardo Alberto Fernández Rostello, D.N.I. 11.836.939, CUIL. 20-11836939-5, legajo

personal 347.221;

Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo

dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza

N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución N°

375/SSySHyF/2006, y modificatorias;

Que en consecuencia, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1 Acéptase la renuncia presentada por el Dr

Luís Esteban Somaruga, D.N.I.

11.224.268, CUIL. 20-11224268-7, legajo personal 347.248, al cargo de Director

Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital "Bernardino Rivadavia", del

Ministerio de Salud, partida 4022.1500.MS.17.002 (P.60), continúa revistando como

Jefe Sección Neonatología, titular, con 40 horas semanales, partida

4022.1500.MS.16.016 (P.65), del citado Hospital.

Artículo 2 Desígnase con carácter interino al Dr

Eduardo Alberto Fernández Rostello,

D.N.I. 11.836.939, CUIL. 20-11836939-5, legajo personal 347.221, como Director

Médico, con 44 horas semanales, del Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio

de Salud, partida 4022.1500.MS.17.002 (P.60), de acuerdo con lo dispuesto en la

Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455,

reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y

modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe Departamento

Docencia e Investigación, titular, con 40...

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