Decreto Nº 423/GCABA/17
Firmantes | RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Mura - Miguel |
Emisor | GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES |
VISTO:
La Ordenanza N° 35.514 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N°
14641/MCBA/64, la Resolución N° 789/SS/05 y el Expediente Electrónico N°
24.668.632/MGEYA-PG/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente judicial N° 48.629/13 tramitan los autos caratulados "BOGARIN,
ROSA ESTEFANÍA s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", por ante el Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil N° 57, Secretaría Única de esta Ciudad;
Que la causante, mediante testamento ológrafo ha efectuado un legado sobre el veinte
por ciento (20%) del producido de un inmueble sito en la calle Julián Álvarez N°
455/457 de esta Ciudad, a favor de la Asociación Cooperadora de la Casa Cuna
perteneciente al Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", dependiente del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Asociación Cooperadora Casa Cuna del Hospital General de Niños "Dr. Pedro
de Elizalde" fue reconocida mediante Decreto N° 14641/MCBA/64 y posteriormente,
mediante Resolución N° 789/SS/05, se revocó el reconocimiento oficial otorgado, de
conformidad con lo establecido en el artículo 22, inciso e) de la Ordenanza N° 35.514;
Que conforme surge del artículo 11 inciso c) de la Ordenanza N° 35.514, las
Asociaciones Cooperadoras podrán obtener recursos de donaciones, herencias o
legados, entre otras fuentes, y en caso de liquidación de las mismas, de acuerdo al
de la precitada norma, sus bienes pasarán al erario de este Gobierno sin.
derecho a compensación alguna;
Que de conformidad con las normas mencionadas, y teniendo en cuenta que el
accionar de tales Asociaciones Cooperadoras está destinado a cooperar con los
establecimientos u organismos al cual pertenecen, con fines de ayuda social y
colaboración, mediante erogaciones destinadas a satisfacer necesidades de éstos, y
que una vez disueltas, su patrimonio pasa a conformar el erario de esta Ciudad, el
Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" resulta legitimado, razón por la cual
procedería la aceptación del legado propiciada;
Que habiendo fallecido la señora BOGARIN, ROSA ESTEFANÍA, con fecha 12 de
Marzo de 2013, conforme surge de la partida de defunción obrante en la actuación
mencionada en el visto, corresponde aceptar...
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