Decreto N° 415 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 64
CORDOBA, (R.A.), MARTES 4 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
I1 (X=6457804,627 - Y=4386260,062), esquinero Noroeste del Cementerio
de la localidad de Corralito.
Lado I1-J1: de ciento treinta y dos metros con treinta y seis centímetros
(132,36 m), que se extiende con rumbo Noreste hasta llegar al Vértice J1
(X=6457865,420 - Y=4386377,716), intersección con el alambrado de la
Ruta Provincial S-253 que conduce a la localidad de Monte Ralo.
Lado J1-K1: de un mil trescientos sesenta y cinco metros con dieciocho
centímetros (1.365,18 m)), que se prolonga con orientación Noroeste sobre
el alambrado Oeste de la Ruta Provincial S-253, colindante a las vías del
ferrocarril hasta alcanzar el Vértice K1 (X=6459001,380 - Y=4385620,545),
esquinero de la intersección del alambrado del ferrocarril y un camino pú-
blico entre campos.
Lado K1-A: de un mil trescientos noventa y cuatro metros con treinta y
tres centímetros (1.394,33 m), que se desarrolla con trayectoria Este coin-
cidente con el lado Sur de la Parcela 261-0357 hasta encontrar el Vértice
A, cerrando así el polígono del Radio Municipal de la localidad de Corralito,
que ocupa una supercie de novecientos once hectáreas ocho mil cuatro-
cientos cuarenta y nueve metros cuadrados (911 ha, 8.449,00 m2).
Los puntos jos amojonados son:
Mojón Nº 1 - PF-A (X=6455776,223 - Y=4387828,818).
Mojón Nº 2 - PF-B (X=6457312,654 - Y=4386894,859).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
FDO.: MARTÍN MIGUEL LLARYORA, VICEGOBERNADOR, PRESIDENTE - GUI-
LLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
Anexo: https://goo.gl/qjgVz0
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 286
Córdoba, 6 de marzo de 2017
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.428, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 415
Córdoba, 31 de marzo de 2017
VISTO: El expediente Nº 0104-082737/2008, del registro de la Dirección
General de Administración del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la aceptación de la do-
nación a favor de la Provin cia de Córdoba efectuada por los herederos del
señor Enrique Alberto Chialva y por los señores Edgardo Ramón Chialva y
Néstor Juan Chialva, de un inmueble ubicado en el lugar denominado Piquillín,
Pedanía Yegua Muerta, Departamento Río Primero de esta Provincia, destina-
do al n que mejor convenga al interés de la Comunidad.
Que obra en autos Matrícula 1.269.579, en la que consta que el referi-
do inmueble se encuentra inscripto a nombre de los señores Enrique Alberto
Chialva, Edgardo Ramón Chialva y Néstor Juan Chialva, en proporciones de un
tercio cada uno, como asimismo la Oferta de donación del inmueble de que se
trata.
Que ha tomado debida intervención la Contaduría General de la Provin-
cia, a través de sus informes Nros. 011-0736/08, 011-0860/08, 011-153/09, 011-
222/09, 011-405/09, 011-749/09 y 011-1011/11.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 1542, 236
inciso e) concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación,
artículo 135 de la Ley N° 7631 y su decreto reglamentario, lo informado por el
Registro General de la Provincia, la Dirección General de Catastro, Escriba-
nía General de Gobierno, lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio de
Finanzas al Nº 309/2009 y sus Actuaciones Nros. 224/2015 y 73/2016, por
Fiscalía de Estado con el Nº 252/2016 y en uso de atribuciones constitucio-
nales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º: ACÉPTASE Y AGRADÉCESE la donación efectuada por
los señores Lucas Gastón Chialva (D.N.I. N° 26.151.060) y Marta Ofelia To-
sello (D.N.I. N° 6.521.951), esta última por sí y en nombre y representación
de su hija Pamela Cristina Chialva (D.N.I. N° 28.115.307), en su carácter
de herederos del señor Enrique Alberto Chialva (D.N.I. N° 7.959.640), y el
señor Edgardo Ramón Chialva (D.N.I. N° 7.958.078) por sí y en nombre
y representación de los esposos en primeras nupcias Néstor Juan Chial-
va, (D.N.I. N° 6.393.278) y Marta Beatriz Scavuzzo (D.N.I. N° 4.824.402),
habiendo prestado el asentimiento conyugal la señora Inés Magdalena
Pepino(D.N.I. N° 4.400.009) casada en primeras nupcias con el señor Ed-
gardo Ramón Chialva, a favor de la Provincia de Córdoba, consistente en
un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Piquillín, Pedanía Ye-
gua Muerta, Departamento Río Primero, Provincia de Córdoba, designado
como Lote 6 de la Manzana 20: partiendo del esquinero Nor-Oeste, vértice
“R”, con ángulo de 88° 22’ 19” y con rumbo Nor-Oeste, lado “R-O”, mide
7,95 metros, lindando con calle Fray Mamerto Esquiú (S); luego vértice “O”,
con ángulo 91° 35’ 43”, lado “O-P” mide 217,38 metros y linda en parte con
lote 5 de la manzana 20 y en parte con lote 212-4451 ambos del mismo
plano; luego vértice “P”, con ángulo 89° 08’ 25” lado “P-U” mide 107,80 me-
tros, lindando con lote 212-4451, luego vértice “U”, con ángulo 90° 53’ 34”
lado “U-T” mide 118,77 metros, lindando en parte con parcela 212-3748 de
Séptimo Bulchi- su sucesión y en parte con parcela 2121-1794 de Alberto
Unia y Ana Strumia de Unia; luego vértice “T” ángulo 88° 22’ 22” lado “T-S”
mide 100,00 metros; luego vértice “S” con ángulo de 271° 37’ 37” y cerran-
do la gura lado “S-R” mide 100,00 metros lindando los dos tramos con
parcela 212-4347 de la Provincia de Córdoba, lo que hace una supercie
de TRECE MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS METROS UN DECÍMETRO
CUADRADO (13.523,01 m2), inscripta a la Matrícula 1.269.579, Cuenta N°
2510-2731777-7, destinado al n que mejor convenga a los intereses de la
Comunidad.
Artículo 2º: El inmueble descripto en el artículo 1° del presente instru-
mento legal, ingresará al dominio privado de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3°: La inscripción de la presente donación del lote 6 de la
Manzana 20 y de acuerdo al Plano N° 2104 la Provincia lo anexará al lote

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