Decreto n° 410

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 0007

DECRETO Nº 410

Mendoza, 6 de marzo de 2007

Visto el expediente Nº 504-M-2007-01027 y las disposiciones de la Ley Nº 24.185 y modificatoria ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 955/04, 202/01 y 778/99, y

CONSIDERANDO:

Que en dichas actuaciones las partes de la negociación colectiva del Sector Educación, han arribado a un acuerdo sobre estructura e incremento salarial firmado con fecha 5 de marzo de 2006 solicitando su homologación.

Que el citado acuerdo es susceptible de homologación, resultando la misma procedente con relación a aquellas cláusulas o puntos del acuerdo que así lo requieran, a fin de que adquieran las características de fuerza normativa, efecto erga omnes y plazo de vigencia.

Que aquellos otros puntos que tienen por objeto aspectos atinentes a procedimientos, plazos o materia de negociación, tienen plena vigencia entre las partes, pero no requieren homologación por carecer de los requisitos antes descriptos.

Que en este sentido y conforme lo dictaminado por el departamento jurídico del Ministerio de Gobierno, se considera que los puntos 1, 2.1 ,3, y 4 deben ser homologados, por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público.

Por ello,

EL VICEGOBERNADOR DE LA

PROVINCIA EN EJERCICIO

DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º

Homológuense los puntos 1, 2.1, 3 y 4 del acta acuerdo de fecha 5 de marzo de 2007, suscripta por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector de Educación, que en fotocopia y como Anexo I forma parte del presente Decreto.

Artículo 2º

Este Decreto, en cuanto homologa el punto 2,3 y 4 del acta acuerdo citada precedentemente, se dicta Ad Referendum de la Honorable Legislatura Provincial.

Artículo 3º

El presente Decreto será refrendando por los Señores Ministros de Gobierno y Hacienda.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JUAN CARLOS JALIFF

Sergio L. Marinelli

Alejandro Gallego

________

ANEXO I

TERCERA CONVENCIÓN

COLECTIVA DE LOS

TRABAJADORES DE LA

EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

En la Ciudad de Mendoza, a los cinco días del mes de marzo de 2007; en sede de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Mendoza, y Conforme a la convocatoria efectuada por el Decreto Provincial Nº 955/04, las jurisdicciones signatarias del presente, Direccion General de Escuelas de la Provincia de Mendoza por la parte...

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