Decreto N° 716/08

FirmantesMacri-Cabrera-Grindetti-Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Junio de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 716/ 08

APRUEBA CONTRATACIÓN DIRECTA Y PROYECTO DE CONTRATO DE LOCACIÓN - ALQUILER - LOCAL - UNIDAD FUNCIONAL 5 Y COMPLEMENTARIA XI - CUARTO PISO - AV. ROQUE SÁENZ PEÑA 812-832-840 - PARA SEDE DE LA SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - APRUEBA MODELO DE CONTRATO

Buenos Aires, 17/06/2008

Visto la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2.557), el Decreto N° 408/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.658), el Expediente N° 24.058/08, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la locación de la Unidad Funcional N° 5 y la Unidad Complementaria N° XI, ubicadas en el Cuarto Piso y la 4/70 parte indivisa de la UNIDAD COMPLEMENTARIA N° 1, ubicada en el Segundo Subsuelo, Primer Subsuelo y Planta Baja, que forman parte todas ellas del inmueble sito en la Av. Roque Sáenz Peña N° 812/832/840 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Subsecretaría de Inversiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que la locación de que se trata resulta necesaria y urgente a fin de que la Subsecretaría de Inversiones pueda cumplir eficazmente con sus Responsabilidades Primarias;

Que se ha seguido el procedimiento que para estos casos establece la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires, artículo 28, incisos 1) y 8) y, especialmente, el artículo 10.1 de su Decreto Reglamentario N° 408/GCBA/07;

Que el inmueble considerado ha resultado el que más adecuadamente cumple con las características buscadas, tanto por sus dimensiones como por su ubicación y costo;

Que el Banco Ciudad de Buenos Aires realizó la tasación del valor locativo mensual del inmueble;

Que se han acordado con los propietarios del inmueble considerado, las cláusulas a incluir en el contrato de locación cuyo proyecto se agrega como Anexo I;

Que el valor locativo mensual acordado con los propietarios resulta levemente superior al fijado por el Banco Ciudad de Buenos Aires, no obstante lo cual y toda vez que se mantendrá durante todo el plazo pactado de la locación, ha sido considerado como conveniente por la Dirección General de Contaduría;

Que para atender la presente locación, se han previsto los créditos necesarios en el ejercicio vigente y las pertinentes previsiones para los futuros;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en...

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