Decreto N° 716/08
Firmantes | Macri-Cabrera-Grindetti-Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Junio de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 716/ 08
APRUEBA CONTRATACIÓN DIRECTA Y PROYECTO DE CONTRATO DE LOCACIÓN - ALQUILER - LOCAL - UNIDAD FUNCIONAL 5 Y COMPLEMENTARIA XI - CUARTO PISO - AV. ROQUE SÁENZ PEÑA 812-832-840 - PARA SEDE DE LA SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - APRUEBA MODELO DE CONTRATO
Buenos Aires, 17/06/2008
Visto la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2.557), el Decreto N° 408/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.658), el Expediente N° 24.058/08, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la locación de la Unidad Funcional N° 5 y la Unidad Complementaria N° XI, ubicadas en el Cuarto Piso y la 4/70 parte indivisa de la UNIDAD COMPLEMENTARIA N° 1, ubicada en el Segundo Subsuelo, Primer Subsuelo y Planta Baja, que forman parte todas ellas del inmueble sito en la Av. Roque Sáenz Peña N° 812/832/840 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Subsecretaría de Inversiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico;
Que la locación de que se trata resulta necesaria y urgente a fin de que la Subsecretaría de Inversiones pueda cumplir eficazmente con sus Responsabilidades Primarias;
Que se ha seguido el procedimiento que para estos casos establece la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires, artículo 28, incisos 1) y 8) y, especialmente, el artículo 10.1 de su Decreto Reglamentario N° 408/GCBA/07;
Que el inmueble considerado ha resultado el que más adecuadamente cumple con las características buscadas, tanto por sus dimensiones como por su ubicación y costo;
Que el Banco Ciudad de Buenos Aires realizó la tasación del valor locativo mensual del inmueble;
Que se han acordado con los propietarios del inmueble considerado, las cláusulas a incluir en el contrato de locación cuyo proyecto se agrega como Anexo I;
Que el valor locativo mensual acordado con los propietarios resulta levemente superior al fijado por el Banco Ciudad de Buenos Aires, no obstante lo cual y toda vez que se mantendrá durante todo el plazo pactado de la locación, ha sido considerado como conveniente por la Dirección General de Contaduría;
Que para atender la presente locación, se han previsto los créditos necesarios en el ejercicio vigente y las pertinentes previsiones para los futuros;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en...
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