Decreto N° 380

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 380/21
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2021
VISTO: La Constitución de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 464/19, el Expediente Electrónico Nº
35917844-GCABA- CDNNYA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 114, se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le
incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección integral de los derechos
de niños, niñas y adolescentes;
Que la citada normativa establece que el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes estará compuesto por una Dirección Ejecutiva integrada por un/a
presidente/a y un/a vicepresidente/a, designados por el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 464/19 se designó oportunamente a la Dra. Adriana Mabel
Martínez Bedini, DNI. 14.922.347, CUIL N° 27-14922347-4, como Vicepresidenta del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes bajo la órbita de la Jefatura
de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada funcionaria ha presentado su renuncia a partir del 1° de diciembre de
2021 al cargo aludido;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado de la norma legal pertinente.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 50 de la Ley N°
114,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º.- Acéptase, a partir del 1° de diciembre de 2021, la renuncia presentada por
la Dra. Adriana Mabel Martínez Bedini, DNI. 14.922.347, CUIL N° 27-14922347-4,
como Vicepresidenta del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
bajo la órbita de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6271 - 07/12/2021

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