Decreto Nº 3788

EmisorMinisterio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2008

DECRETO Nº 3788

Mendoza, 29 de diciembre de 2008

Visto el expediente Nº 807-D-08-00020; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se interpone Recurso de Alzada contra la Resolución Nº 884/07 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Abogados y Procuradores de Mendoza.

Que la citada norma legal rechaza el Recurso de Revocatoria impetrado contra la Resolución Nº

879/07, emanada del mismo órgano, la cual desestima la petición del beneficio de pensión esgrimido por la Sra. Ana María Denari, como consecuencia del fallecimiento del Dr. Hugo Eduardo Bianchi Puebla.

Que el recurso resulta formalmente procedente, por aplicación del Art. 183º de la Ley Nº 3909.

Que con fecha 13 de setiembre de 2006 se dictó sentencia de divorcio vincular, la cual se encuentra firme y ejecutoriada.

Que en virtud de lo dispuesto por el Art. 35º de la Ley Nº 5069 se les reconoce el carácter de beneficiarios a los hijos del causante, resultando ajeno a la norma previsional que la recurrente utilizara la cuota alimentaria para su propio beneficio.

Por ello, y lo dictaminado por Asesoría de Gobierno a fs. 117/118 y vta.,

EL GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Admítase en lo formal y rechácese en lo sustancial el Recurso de Alzada deducido por la Sra. Ana...

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