Decreto N° 253/08

FirmantesMacri-Chain-Piccardo-Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 253/ 08

SE CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL TRATAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN PARQUE CHACABUCO - CONVOCATORIA - AUTOPISTAS URBANAS SA - RECLAMOS - QUEJAS - VECINOS - ORGANISMO DE IMPLEMENTACIÓN - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA

Buenos Aires, 04/04/2008

Visto el Expediente N° 13.018/08, la Ley N° 6 (B.O.C.B.A. N° 420) y sus modificatorias Leyes Nros. 229 (B.O.C.B.A. N° 790), 258 (B.O.C.B.A. N° 826), N° 533 (B.O.C.B.A. N° 1084), 567 (B.O.C.B.A. N° 1187) y 761 (B.O.C.B.A. N° 1433), la Ley N° 123 (B.O.C.B.A. N° 622), los Decretos Nros. 1.151/97 (B.O.C.B.A. N° 288) y 2.075 (B.O.C.B.A. N° 2829), y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente, la empresa Autopistas Urbanas S.A., bajo jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Urbano, solicita se convoque a audiencia pública con relación a las obras a realizarse en Parque Chacabuco, a fin de recabar la opinión de la comunidad con respecto a dichos trabajos;

Que si bien la obra cuenta con el Certificado de Aptitud Ambiental, en el marco del trámite del mismo se entendió que no resulta obligatoria dicha convocatoria, por tratarse de una obra existente y que la misma no supera el diez por ciento (10%) en su ejecución;

Que no obstante, son públicos y notorios los reclamos de algunos vecinos del barrio, de los cuales se han hecho eco diversos medios de comunicación masiva, como asimismo se han presentado a la empresa AUSA vecinos solicitando información sobre la obra, en el marco de la Ley N° 104 de Acceso a la Información Pública;

Que corresponde significar que las quejas y pedidos de información han sido efectuados por vecinos no agrupados en ningún tipo de organización, por lo cual se desconoce la representatividad que sus reclamos pudieren tener con relación a la totalidad del universo de vecinos afectados, positiva y negativamente por la obra;

Que el señor Pedro Barragán ha iniciado una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la obra que nos ocupa;

Que en el marco de dicho amparo se han recibido solicitudes de documentación por parte del juzgado actuante y de la Procuración General de la Ciudad;

Que la precitada causa tramita por ante el Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N° 3, Secretaría N° 6 en los autos caratulados Barragán, José...

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