Decreto N° 834

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2012

DECRETO N° 834

Mendoza, 16 de mayo de 2012

Visto el expediente 872-S-2012-77793, en el cual se solicita la aprobación del "Programa Provincial de Equipamiento de Entidades Deportivas" dependiente de la Dirección de Promoción y Desarrollo Deportivo de la Secretaría de Deporte; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/06 del mencionado expediente, el Director de Promoción y Desarrollo Deportivo eleva el proyecto denominado "Programa Provincial de Equipamiento de Entidades Deportivas";

Que el deporte social promueve un nuevo concepto de conjunto de actividades físicas, deportivas y recreativas que incluyen a toda la comunidad, sin discriminación de edad, sexo, condición física, social, cultural, étnica o racial;

Que el deporte es tanto una actividad propicia para la promoción de valores y hábitos, como una herramienta para acompañar el crecimiento saludable, basado en la inclusión y la tolerancia;

Que serán beneficiarios del mismo los clubes, uniones vecinales, asociaciones civiles, personas físicas y demás entidades públicas y privadas relacionadas con el deporte y la recreación que desarrollen actividades orientadas al deporte social;

Que el programa tiene como objetivo favorecer y promover la práctica de actividades deportivas y recreativas, mediante el apoyo a las distintas entidades, a través de equipamiento de material deportivo, indumentaria y premiación;

Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 3°, último párrafo, del Decreto Acuerdo N° 4096/07, la Secretaría de Deporte podrá autorizar subsidios para el desarrollo de programas específicos aprobados previamente por Decreto del Poder Ejecutivo;

Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la Secretaría de Deporte y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 8385, Decreto Acuerdo N° 3774/07 y Decreto Acuerdo N° 4096/07;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el "Programa Provincial de Equipamiento de Entidades Deportivas", a cargo de la Dirección de Promoción y Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría de Deporte de la Provincia de Mendoza, el que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°

Deléguese la facultad de autorizar erogaciones con cargo a la partida "Transferencias", con destino al programa referido en el Artículo 1° del presente Decreto, al Titular de la Secretaría de Deporte de la Provincia de Mendoza, previo cumplimiento de las disposiciones...

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