Decreto N° 104/08
Firmantes | Macri-Lombardi-Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 11 de Febrero de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 104/ 08
SE APRUEBA EL TEXTO DE LA CARTA DE INTENCIÓN CON LA REGIÓN FRIULI VENECIA GIULIA - ITALIA - DELEGACIÓN DE FIRMAS - REPRESENTACIÓN - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
Buenos Aires, 11/02/2008
Visto el Expediente N° 5.510/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado expediente, tramita un proyecto de carta de intención, a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Región Friuli Venecia Giulia, de Italia;
Que, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Región Friuli Venecia Giulia, desean estrechar sus relaciones institucionales, propiciando una cooperación a fin de contribuir al desarrollo de sus economías, la mejora de las condiciones de vida y el bienestar social;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Región Friuli Venecia Giulia, expresan su intención de aunar esfuerzos a fin de implementar acciones conjuntas de desarrollo y promoción de intercambios bilaterales;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Región Friuli Venecia Giulia, manifiestan la voluntad de suscribir un Convenio Marco de Cooperación durante el año en curso a los efectos de lograr los objetivos mencionados precedentemente;
Que en este marco las áreas con competencia en materia de relaciones internacionales de ambas ciudades, se encargarán de proponer las estrategias y las acciones acordes a las intenciones previstas en la carta de intención a suscribirse;
Que la carta Intención cuya aprobación de texto por aquí tramita, no implica erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que corresponde aprobar el texto de la carta de intención a suscribirse con la Región Friuli Venecia Giulia y designar al funcionario que suscribirá la misma en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Aprúebase el texto de la carta de intención entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Región Friuli Venecia Giulia, en sus textos de ambos idiomas, que como Anexo I, y que a todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto.
Desígnase al señor Director Ejecutivo del Ente de Turismo...
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