Decreto N° 44/08
Firmantes | Macri - Piccardo - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 15 de Enero de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 44/ 08
SE VETA EL PROYECTO DE LEY N° 2.595 - SE MODIFICA EL CÓDIGO DE VERIFICACIONES Y HABILITACIONES E INCORPORA EL ARTÍCULO 11.2.7 BIS AL CAPÍTULO 11.2 ELABORACIÓN Y EXPENDIO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS POR CUENTA PROPIA EN UBICACIONES FIJAS Y DETERMINADAS
Buenos Aires, 15/01/2008
Visto el Proyecto de Ley sancionado bajo el N° 2.595, el Expediente N° 95.611/07, y
CONSIDERANDO:
Que en su sesión del 6 de diciembre de 2007, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el proyecto de ley indicado en el visto, por el que se modifica el Código de Verificaciones y Habilitaciones e incorpora el artículo 11.2.7 bis al capítulo 11.2 Elaboración y Expendio de Productos Alimenticios por Cuenta propia en Ubicaciones Fijas y Determinadas;
Que la propuesta legislativa modifica las condiciones de explotación de los puestos, permitiendo la colocación de hasta tres mesas con cuatro sillas en torno a los puestos autorizados, con la única limitación de no presentar obstáculos a la libre circulación peatonal;
Que debe tenerse en cuenta que el otorgamiento de permisos precarios para la instalación de ese tipo de puestos de venta de alimentos en espacios verdes y paseos públicos, fue determinado por circunstancias de excepción producto de la crisis social atravesada que hicieron necesario tolerar una situación preexistente, circunstancia que fue oportunamente tomada en consideración en el tratamiento legislativo;
Que el Poder Ejecutivo comparte los fundamentos de la iniciativa legislativa, que persigue mejorar las condiciones de confortabilidad de los usuarios;
Que en orden a alcanzar dicho objetivo, sin embargo, entiende que el proyecto de ley en análisis adopta una medida coyuntural, en lugar de una solución definitiva y estructural tendiente a recuperar el espacio público para el adecuado uso comunitario en forma sustentable;
Que, primariamente, una buena política de mejora y recalificación del espacio público no debe dejar librado a la iniciativa individual la provisión de equipamiento urbano en plazas, parques y paseos públicos, sino que debe procurar la existencia de equipamiento uniforme, dentro de los adecuados marcos de intervención, que sirva al propósito de garantizar la...
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