Decreto N° 1556/06

FirmantesTelerman-Schiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1556/ 06

DESESTIMACION DE RECURSOS - RAÚL LEHMANN - SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1081-SOYSP-02

Buenos Aires, 28/09/2006

Visto el Expediente N° 44.448/02 e incorporados Registros Nros. 24.808-DGEVyL/04, 26.536-DGEVyL/04 y 4.855-PG/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1.081-SOySP/02, de fecha 13 de diciembre de 2002, se dispuso la caducidad de la licencia otorgada al señor Raúl Néstor Lehmann, DNI 13.739.199, bajo el N° 34.955, para prestar el servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, afectada al vehículo dominio CGR 839;

Que con fecha 30 de diciembre de 2002 se procedió a efectuar la correspondiente notificación al señor Raúl Néstor Lehmann de los términos de la Resolución N° 1.081-SOySP/02, con entrega de una copia certificada de la misma;

Que mediante Registro N° 26.536-DGEVyL/04, con fecha 30 de diciembre de 2004, el señor Raúl Néstor Lehmann interpuso recurso jerárquico contra la Resolución N° 1.081-SOySP/02;

Que el recurrente argumentó que la notificación de la resolución en cuestión no fue hecha en el domicilio denunciado y pertinente;

Que la cédula de notificación fue diligenciada en Indalecio Gómez 2549, Capital Federal, es decir el domicilio donde se le enviara la carta documento intimando a regularizar la situación y que es asimismo el informado por la empresa concesionaria SACTA S.A., de acuerdo a los datos que surgen del Registro Único del Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX);

Que a mayor abundamiento, es dable señalar que dicho domicilio es también el indicado por el señor Lehmann cuando realizó su descargo, tomó sucesivas vistas del expediente e interpuso recurso jerárquico;

Que más allá que el quejoso no aporta elementos nuevos que permitan modificar el criterio adoptado en el acto que ataca, el recurso jerárquico fue presentado dos años después de haber sido notificada la resolución, siendo que el art. 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires establece que el mismo deberá interponerse dentro de los quince (15) días de notificado;

Que por estar excedidas razonables pautas temporales, debe entenderse que medió abandono voluntario del derecho, lo que obsta a que su recurso pueda recibir el tratamiento de denuncia de ilegitimidad (art. 94 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires);

Que en...

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