Decreto N° 1451/06
Firmantes | Telerman-Fajre-Nielsen-Gorgal |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 14 de Septiembre de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1451/ 06
MODIFICA EL ART. 1° DEL DECRETO N° 952-02 - FONDO DE NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA - UNICEF - PERMISO DE USO PRECARIO Y GRATUITO DE USO EXCLUSIVO - PLANTA BAJA Y ENTREPISO DEL CENTRO CULTURAL RECOLETA - APRUEBA TEXTO DEL CONVENIO
Buenos Aires, 14/09/2006
Visto el Expediente N° 41.701/00, el Decreto N° 952/02 y el convenio de cooperación entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de dicho decreto, se otorgó un permiso de uso precario y gratuito de setecientos noventa metros cuadrados (790 mt2) a UNICEF en los espacios ubicados en la planta baja y entrepiso del Centro Cultural Recoleta, dependiente del Ministerio de Cultura, sito en Junín 1940 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de cinco (5) años;
Que, conforme surge del Informe de Valuación de Bienes Inmuebles N° 63.170, expedido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el espacio que le corresponde a UNICEF sería de seiscientos cincuenta metros cuadrados (650 m2);
Que, por lo expuesto procede la modificación del art. 1° del Decreto N° 952/02;
Por ello, en uso de las facultades conferidas en el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo1° - Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 952/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Otórgase a favor del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) un permiso de uso precario y gratuito por el término de cinco (5) años sobre el espacio de una superficie total de seiscientos cincuenta metros cuadrados (650 m2), de uso exclusivo, ubicado en la planta baja y entrepiso del Centro Cultural Recoleta, sito en la calle Junín 1940 de esta ciudad, conforme el Informe de Valuación de Bienes Inmuebles N° 63.170 efectuada por el Banco Ciudad de Buenos Aires.
Apruébase el texto del convenio de permiso de uso precario y gratuito a suscribirse para la instrumentación del permiso que se otorga por el artículo primero que como Anexo, integra el presente decreto.
Delégase en la señora Ministra de Cultura las facultades para proceder a la...
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