Decreto N° 1287/06

FirmantesTelerman-Fajre-Nielsen
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1287/ 06

APRUEBA EL ESPOLIO OFICIAL DE AUTORIDADES QUE REGIRÁ EN EL COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD - PLATEAS - LOCALIDADES RESERVADAS PARA FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO - LEGISLATURA - PERIODISMO - PRENSA - FUNCIONES NOCTURNAS

Buenos Aires, 28/08/2006

Visto el Expediente N° 49.898/02, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicha actuación el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires eleva para su aprobación el nuevo Espolio Oficial de Autoridades y Prensa;

Que se hace necesario dejar establecido que el espolio de autoridades regirá exclusivamente para las funciones nocturnas y que los vales de dichas localidades deberán ser canjeados en las boleterías del Complejo Teatral hasta dos (2) horas antes del inicio de las funciones, pasado ese lapso, se pondrán a la venta para el público en general;

Que lo antedicho se fundamenta en razón de lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos;

Que resulta conveniente delegar en la señora Ministra de Cultura la facultad de aprobar el Espolio Oficial de Prensa;

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Espolio Oficial de Autoridades que regirá en el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires a partir de la firma de la presente norma, de acuerdo con el Anexo I que consta de una (1) foja, el cual pasa a formar parte de la misma.

Artículo 2°

Delégase en la señora Ministra de Cultura la facultad de aprobar el Espolio de Prensa que regirá en cada uno de los Teatros del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°

Establécese que el Espolio Oficial de Autoridades rige exclusivamente para las funciones nocturnas y que los vales por localidades deberán ser canjeados en las boleterías del Complejo Teatral hasta dos (2) horas antes del inicio de la respectiva función. Transcurrido ese...

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