Decreto N° 8/LCABA/06

FirmantesDe-Estrada-Moscariello
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Enero de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 8/ LCABA/ 06

DECLARA PAGO COMO DE LEGÍTIMO ABONO - PROVISIÓN DE DIARIOS Y REVISTAS - FIRMA DOMENICHETTI HNOS

Buenos Aires, 17/01/2006

Visto el Expediente número 27.598, letra SA, año 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Domenichetti Hnos. de Rolando Domenichetti, proveía los diarios y revistas para las distintas dependencias de esta Legislatura, mediante contrato celebrado según Orden de Provisión N° 211/02, y cuyo vencimiento operó el 31 de diciembre de 2003;

Que hasta tanto se realice la nueva contratación, surge la necesidad de seguir contando con la provisión de los diarios y revistas para abastecer a las distintas áreas de esta casa legislativa;

Que a fs. 1 a 28, la firma mencionada presenta facturas para su cobro N° 0001-00002574 a N° 0001-00002601, por la suma total de pesos dos mil trescientos setenta y seis con veinticinco centavos ($ 2.376,25), en concepto de provisión de diarios y revistas correspondiente al período del 16 al 31 de diciembre de 2005;

Que la entrega ha sido debidamente conformada, según surge de la documentación obrante a fs. 29/39 y 41/59, respectivamente;

Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma y a su vez carece de imputación en el Ejercicio 2005, debe declararse por decreto de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704;

Que en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 1/97 del cuerpo legislativo, por el artículo 88 del reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase de legítimo abono la provisión de diarios y revistas correspondiente al período del 16 al 31 de diciembre de 2005.

Artículo 2°

Apruébase el presente gasto con encuadre legal en el art. 56...

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