Decreto N° 8/LCABA/06
Firmantes | De-Estrada-Moscariello |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Enero de 2006 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 8/ LCABA/ 06
DECLARA PAGO COMO DE LEGÍTIMO ABONO - PROVISIÓN DE DIARIOS Y REVISTAS - FIRMA DOMENICHETTI HNOS
Buenos Aires, 17/01/2006
Visto el Expediente número 27.598, letra SA, año 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la firma Domenichetti Hnos. de Rolando Domenichetti, proveía los diarios y revistas para las distintas dependencias de esta Legislatura, mediante contrato celebrado según Orden de Provisión N° 211/02, y cuyo vencimiento operó el 31 de diciembre de 2003;
Que hasta tanto se realice la nueva contratación, surge la necesidad de seguir contando con la provisión de los diarios y revistas para abastecer a las distintas áreas de esta casa legislativa;
Que a fs. 1 a 28, la firma mencionada presenta facturas para su cobro N° 0001-00002574 a N° 0001-00002601, por la suma total de pesos dos mil trescientos setenta y seis con veinticinco centavos ($ 2.376,25), en concepto de provisión de diarios y revistas correspondiente al período del 16 al 31 de diciembre de 2005;
Que la entrega ha sido debidamente conformada, según surge de la documentación obrante a fs. 29/39 y 41/59, respectivamente;
Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma y a su vez carece de imputación en el Ejercicio 2005, debe declararse por decreto de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704;
Que en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 1/97 del cuerpo legislativo, por el artículo 88 del reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local;
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Declárase de legítimo abono la provisión de diarios y revistas correspondiente al período del 16 al 31 de diciembre de 2005.
Apruébase el presente gasto con encuadre legal en el art. 56...
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