Decreto N° 1952/05
Firmantes | Telerman - Epszteyn - Albamonte- Fernández |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1952/ 05
APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 4-05 - CONTRATACIÓN DE LA OBRA REPARACIÓN DE LA PLAZA COLÓN - APROBACIÓN - ADJUDICACIÓN - TEXIMCO SA - SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Buenos Aires, 29/12/2005
Visto la Ley de Obra Pública N° 13.064, el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083), la Resolución N° 420-SPTyDS/05 (B.O.C.B.A. N° 2221), la Resolución N° 792-SPTyDS/05 (B.O.C.B.A. N° 2304), el Expediente N° 3.605/05, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 3.605/05 tramita la Licitación Pública N° 4/05 para la contratación de la obra Reparación de la Plaza Colón;
Que por Resolución N° 420-SPTyDS/05 de fecha 17 de junio de 2005 se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares, generales y de especificaciones técnicas, y se dispuso el llamado a la licitación citada en el considerando que antecede;
Que con fecha 28 de julio de 2005, se realizó la apertura de los Sobres N° 1, presentados por las empresas Eleprint S.A., Coarco S.A., Caputo S.A.I.C.yF., Salvatori S.A. Parques y Jardines y Teximco S.A., según Acta de Apertura de Propuestas N° 19/05;
Que por Resolución N° 792-SPTyDS/05, fueron preseleccionadas las propuestas pertenecientes a los oferentes Eleprint S.A., Coarco S.A. y Teximco S.A. y no fueron preseleccionadas, las ofertas presentadas por los oferentes Caputo S.A.I.C.yF. y Salvatori S.A. Parques y Jardines;
Que con fecha 3 de noviembre de 2005, según Acta de Apertura de Propuestas N° 32/05, se llevó a cabo el acto de apertura de los Sobres N° 2 de la empresas preseleccionadas;
Que, evaluadas las ofertas a la luz de los informes técnicos producidos, la Comisión de Preadjudicaciones, por Acta de Preadjudicación N° 24/05, aconsejó adjudicar la licitación a la firma Teximco S.A., por resultar su oferta ajustada al pliego de bases y condiciones y ser la más conveniente para el G.C.B.A.;
Que dicho informe ha sido notificado a las empresas oferentes, no habiéndose presentado impugnaciones a su respecto;
Que respecto de las Resoluciones N° 420-SPTyDS/05 y N° 792-SPTyDS/05, es necesario, a fin de darle continuidad al proceso licitatorio, ratificarlas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, inciso b) del Decreto N° 1.510/97, Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que asimismo se han realizado las afectaciones...
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