Decreto N° 1504/05

FirmantesIbarra-Gorgal-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1504/ 05

INMUEBLE NEUQUÉN 1242, P.B. B, U.F. N° 3 - SE ENCOMIENDA A DISTINTOS ORGANISMOS RETIRAR EL CERRAMIENTO REALIZADO EN EL PATIO

Buenos Aires, 28/09/2005

Visto el Expediente N° 60.961/04, y;

CONSIDERANDO:

Que se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en la finca sita en la calle Neuquén 1242, P.B., depto B, Unidad Funcional N° 3;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante las Disposiciones Nros. 1.203-DGFOC/03, y 2.305-DGFOC/03 procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de aplicarle las penalidades dispuestas en el artículo 2.4.3.2 Aplicación de Multas AD 630.16 del Código de la Edificación, en su defecto, proceder a la ejecución de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen los trabajos intimados, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia AD 630.14 del citado código;

Que en fecha 14/7/03 y 6/11/03 se notificó al propietario de lo dispuesto;

Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento para obtener su acatamiento;

Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente caso, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca indicada, deberá darse intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite en sede judicial el allanamiento de la misma a fin de ejecutar los trabajos intimados;

Que intervino la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiendo dictamen al respecto;

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 y los deberes atribuidos por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Encomiéndase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro para que junto con la Dirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias, procedan de inmediato a realizar en el inmueble sito en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR