Decreto N° 211/LCABA/05

FirmantesDe-Estrada-Moscariello
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Julio de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 211/ LCABA/ 05

DECLARA COMO LEGÍTIMO ABONO EL PAGO DE LA FACTURA N° 26.947 - IMPRENTA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

Buenos Aires, 18/07/2005

Visto, el presente Expediente N° 11.687-SA/01 y agreg., y

CONSIDERANDO:

Que, por estas actuaciones tramita la Factura N° 26.947 (fs. 49/51), por trabajos de impresión solicitados a la Imprenta del Gobierno de la Ciudad, por la suma de pesos tres mil cuatrocientos sesenta y seis con diez centavos ($ 3.466,10), prestándose las debidas conformidades que obran en estas actuaciones;

Que, corresponde a esta Secretaría autorizar el ingreso de la suma mencionada a la cuenta corriente recaudadora del Banco Ciudad N° 210098/2, G.C.B.A. Dirección General de Imprenta-acopio;

Que, la Dirección General Financiero Contable solicita autorización para desglosar la factura original y cuadruplicada para ser remitidas a la mencionada imprenta junto con el comprobante de depósito;

Que, con relación a la Factura N° 26.946 (fs. 37) se deja constancia que el Renglón N° 11 no ha sido conformado, por lo que corresponde autorizar su desglose para ser remitida a la Imprenta del Gobierno de la Ciudad para su rectificación;

Que, atento la Ordenanza N° 21.704 y sus modificatorias, por ser gastos que no han sido tramitados en tiempo y forma, y carecer de imputación en el ejercicio 2001, deben declararse por decreto de legítimo abono;

Que, en ejercicio de las facultades que le fueron otorgadas por Resolución N° 1/97 del cuerpo legislativo y por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se realiza el presente acto administrativo;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase, como legítimo abono el pago de la Factura N° 26.947 correspondiente a los trabajos de impresión realizados por la Dirección de Imprenta del Gobierno de la Ciudad, toda vez que se han prestado las respectivas conformidades.

Artículo 2°

Autorícese, el depósito de la suma de pesos tres mil cuatrocientos sesenta y seis con diez centavos ($ 3.466,10) en la cuenta corriente recaudadora del Banco Ciudad N°...

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